Un octogenario aceptó ayer una pena de dos años de cárcel como autor de un delito de abuso sexual a una menor de 8 años en Sotrondio, unos hechos que tuvieron lugar en marzo de 2018. El acuerdo alcanzado entre la defensa, la Fiscalía y la abogada de la acusación particular evitó que se celebrara el juicio programado para la mañana de ayer en la sección tercera de la Audiencia Provincial, en Oviedo. También deberá cumplir una orden de alejamiento de la víctima durante cuatro años más.

El suceso se produjo sobre las 18.00 horas del día 8 de marzo de 2018, cuando el hombre se encontraba en compañía de la menor, nacida en 2009 y, por lo tanto, con 8 años en aquel momento, en las inmediaciones de una residencia geriátrica de Sotrondio. En un momento dado se ocultó detrás de un coche e introdujo su mano en el pantalón de la niña para hacerle tocamientos, según recogía el escrito presentado por la Fiscalía.

El hombre reconoció ayer los hechos, antes de acordar una pena de dos años de cárcel, uno menos de lo que pedían la Fiscalía y la acusación particular. Al carecer de antecedentes penales, su ingreso en prisión no se hará efectivo. La letrada Ana María González, que llevó la acusación particular en representación del Centro de Atención a Víctimas de Agresiones Sexuales y Malos Tratos (Cavasym), valoró positivamente el acuerdo alcanzado porque "entre otras cosas, ha evitado que la menor y sus padres tengan que pasar el mal trago de prestar declaración en el juicio y rememorar aquel episodio".

La abogada explicó que los hechos tuvieron lugar en una zona de estacionamientos próxima a un geriátrico de Sotrondio. El hombre era usuario de la residencia en aquel momento, aunque fue trasladado tras el suceso, indicó. "Ha reconocido los hechos, algo que no había sucedido hasta ahora. Y también se valoró que careciera de antecedentes penales", añadió la letrada.

En su acusación, el ministerio fiscal consideró que los hechos ocurridos en San Martín eran constitutivos de un delito de abuso sexual a menor de 16 años de los artículos 15 y 183.1 del Código Penal por lo que, además de la petición de cárcel, también solicitó la prohibición de comunicarse por cualquier medio con la niña y de aproximarse a ella, a su colegio, o cualquier lugar en el que se encuentre, a una distancia inferior a 300 metros, todo ello durante cuatro años.

Esta parte de la pena solicitada también quedó reflejada en el acuerdo alcanzado ayer por las partes, junto a la condena de dos años de prisión que quedará en suspenso.