Un hombre se enfrentará mañana a una pena de cuatro años y seis meses de cárcel por robar en dos establecimientos hosteleros de Langreo y San Martín del Rey Aurelio. Las vistas, una por cada robo, tendrán lugar en el juzgado de lo penal número 1 de Langreo a partir de las once y media de la mañana.

El primero de los robos se produjo el 28 de abril de 2014, sobre las seis de la madrugada. Tal y como expone Fiscalía, el acusado "tras fracturar la luna lateral izquierda de la puerta de acceso al establecimiento café estanco ubicado en la calle Baldomero Alonso de Langreo, accedió al interior del local y se apodero de 38 euros que había en la caja registradora". Los daños ocasionados en el local ascendieron a 314,60 euros, que fueron abonados por el seguro.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de robo con fuerza en las cosas de los artículos 237, 238. 2 y 240 del Código Penal. Por ello solicita que se condene al acusado a 2 años de prisión, inhabilitación para el ejercicio de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas procesales. El concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicita que el acusado indemnice al propietario del establecimiento con 38 euros y a la compañía de seguros con 314,60 euros, más los intereses legales correspondientes. El juicio por este robo será las once y media.

Pero no fue el único robo perpetrado por el acusado, quien tendrá que responder a partir de las doce de la mañana por otro delito de robo con fuerza en las cosas por entrar presuntamente en una sidrería de San Martín del Rey Aurelio. El acusado fracturó la luna del local con una tapa de alcantarilla. Los hechos se produjeron el 30 de noviembre de 2014 y el acusado fue detenido en compañía de otras personas que también participaron en los hechos. Los agentes les intervinieronuna mochila, con una cizalla, alicates, llaves fija y de carraca, guantes y una tijera corta chapa, así como con 6,63 euros.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de robo con fuerza en las cosas de los artículos 237, 238. 2 y 240 del Código Penal. En este caso, concurre la agravante de reincidencia, por lo que solicita que se condene al acusado a 2 años y 6 meses de prisión, inhabilitación para el ejercicio de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y parte de las costas procesales.