La Fiscalía del Principado de Asturias solicita la condena de un acusado de un accidente de tráfico en Mieres en 2018 con una mujer fallecida.

El Ministerio Fiscal sostiene que, sobre las 13,25 horas del día 23 de enero de 2018, el acusado circulaba por la carretera AS-112 en dirección al Puerto de San Isidro. La carretera AS-112 tiene doble sentido de circulación, con anchura en cada carril de 3,95 metros y arcenes laterales practicables de 1,50 metros estando la calzada, seca, limpia, en buen estado de conservación y sin problemas de visibilidad, con limitación genérica de velocidad de 90 km/h.

Al llegar al km 1,960, concejo de Mieres, en tramo curvo a la derecha, señalizado verticalmente con paneles que indican la trayectoria de la curva, con línea central continua indicativa de adelantamiento prohibido, con señalización vertical indicativa de comienzo de tramo de concentración de accidentes, debido a que el acusado circulaba sin prestar la mínima atención a las circunstancias y exigencias de la circulación, en lugar de seguir por su carril de circulación, no cogió la curva sino que continuó circulando recto, invadiendo la banda contraria de rodaje. En ese momento circulaba correctamente XXX, que ante lo imprevisto de la maniobra del acusado no pudo evitar una colisión frontal.

A consecuencia del choque, la mujer falleció en el acto. En el accidente resultó herido su esposo, que iba de copiloto. El perjudicado expresamente renunció a cualquier indemnización que pudiera corresponderle por las lesiones ocasionadas.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de delito de homicidio por imprudencia grave del artículo 142.1, párrafos primero y segundo del Código Penal. Y solicita que se condene al acusado a 2 años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y privación del permiso de conducir vehículos a motor y ciclomotores durante 3 años y 6 meses, lo que comportará la pérdida de vigencia del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 del Código Penal.

Además, en concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicita que el acusado, y como responsable civil directa y solidaria la compañía de seguros, indemnicen al SEPA con 544,65 euros por gastos en los gastos ocasionados. De esa cantidad será responsable civil subsidiaria la empresa propietaria del vehículo que conducía el acusado.

No se solicitan otras indemnizaciones por haber renunciado los perjudicados.