Su intención era regenerar y favorecer el crecimiento de pasto, pero acabó con un incendio en Ponga por el que ahora se va a sentar en el banquillo de los acusados. El fuego provocado por una imprudencia grave, como dice Fiscalía, otra más de las que llegan a juicio en las últimas semanas, ocurrió en la tarde del sobre las 18,50 horas del 23 de marzo de 2019. Una jornada en la que el índice de riesgo era de nivel 3, que significa alto. En una parcela en las proximidades de las localidades de Cazo y Sellaño, en la zona denominada Las Fraxias, un propietario efectuó varias quemas de matorral sin adoptar ninguna de las medidas de precaución previstas en la autorización de quema, sostiene el fiscal.

Así, "el fuego se descontroló, extendiéndose en dirección norte, a favor de la pendiente, quemando una superficie aproximada de 5.200 m2, propagándose por dos parcelas más, propiedad, respectivamente, de un particular y del Ayuntamiento de Ponga". La quema afectó fundamentalmente a matorral de tojo y zarzamoras y a una zona de Monte de Utilidad Pública con presencia de arbolado, consistente en castaños y algunos robles con sotobosque de matorral bajo. Las llamas fueron extinguidas, con intervención del SEPA, horas más tarde, sin que al acusado hubiera alertado del incendio.

Todo el territorio del concejo de Ponga fue declarado por la ley del Principado de Asturias 4/2003, de 24 de marzo, como Parque Natural de Ponga y, en resolución de 5 de noviembre de 2018, de Parques Nacionales, se publicó la aprobación por la UNESCO de la declaración de la Reserva de la Biosfera de Ponga, que tuvo lugar el 25 de julio de 2018 y que se corresponde con el mismo territorio.

Los gastos de las labores de extinción llevadas a cabo por el SEPA ascendieron a 205,24 euros, que se reclaman como pago al imputado. Pero además la Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito incendio forestal causado por imprudencia grave y solicita que se condene al acusado a 9 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y 9 meses de multa, con una cuota diaria de 20 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.