La Fiscalía del Principado de Asturias solicita la condena de cinco acusados de insultar y amenazar con bates de béisbol y navajas a unos vecinos, en Langreo. El Ministerio Fiscal esgrime que los cinco acusados, puestos de común acuerdo y con ánimo de amedrentar a dos vecinos en Langreo, el día 31 de diciembre de 2018, sobre las 16.00 horas, se acercaron a ellos portando bates de béisbol y navajas, al tiempo que les decían: “Hoy os vamos a matar, no salís de este año”, “salid, hijos de puta, un día u otro os vamos a matar”. Los vecinos se refugiaron de nuevo en su vivienda, mientras los acusados, en el exterior, continuaban diciéndoles: “Salid, hijos de puta, un día u otro os vamos a matar”, indica la Fiscalía.

Al oír los gritos, un hijo de los dos vecinos amenazados, salió de la casa. Los acusados se dirigieron a él diciéndole: “Hijo de puta, maricón, ven para aquí que te vamos a cortar la cabeza”. Además, los acusados golpearon con los objetos que llevaban el portón de la vivienda, ocasionando daños tasados en 100 euros. Los acusados, cada vez que ven a sus vecinos, les insultan y les dicen que les van a quemar vivos en la casa.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de amenazas del artículo 169.2 del Código Penal y de un delito leve de daños del artículo 263. Concurre la circunstancia agravante de reincidencia en relación al delito de amenazas en uno de los acusados, para quien la Fiscalía solicita una condena de 2 años de prisión, inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y 3 meses de multa con una cuota diaria de 10 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.

Para el resto de acusados, el Ministerio Fiscal solicita 1 año y 3 meses de prisión, inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y 3 meses de multa con una cuota diaria de 10 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago. Además, la Fiscalía pide que se imponga a los acusados la prohibición de acercarse a sus vecinos a menos de 200 metros, así como de comunicarse con ellos por cualquier medio, durante 4 años.