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El Consistorio no recurre el fallo que anuló el acuerdo plenario del presupuesto

El gobierno local de Langreo analiza con los asesores jurídicos cómo ejecutar la sentencia judicial que dio la razón a Unidas por Llangréu

El plazo para apelar la sentencia que declaró nulo el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Langreo que aprobó el presupuesto municipal de 2020 finalizó sin que se presentase ningún recurso. El equipo de gobierno local confirmó que no acudió a los juzgados, en concreto a la Sala de lo Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), y que se estudia con los asesores jurídicos los próximos pasos a dar para ejecutar el fallo.

La resolución del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Oviedo dio la razón a Unidas por Llangréu. Estimó su recurso tras no ser admitida la reclamación de impugnación que presentó en el Consistorio contra la convocatoria y los acuerdos de un Pleno anterior, en el que se aprobaron de forma inicial las cuentas municipales con los votos a favor del PSOE y Ciudadanos. La coalición sostenía que no se presentó en tiempo y forma la documentación necesaria y no se respetaron los plazos establecidos para la convocatoria de la sesión plenaria, vulnerándose así los derechos fundamentales de los concejales.

El plazo para presentar el recurso ya finalizó, con lo que la sentencia será firme. El fallo, además de anular el acuerdo plenario que aprobó el presupuesto, refleja que Unidas por Llangréu tiene “legitimación” para interponer el recurso en el Ayuntamiento y derecho a su “admisión así como la obtención de una resolución o acuerdo sobre su fundamento y solicitud”.

La reclamación presentada contra la aprobación inicial del presupuesto no fue admitida tras acordarlo en el Pleno celebrado el 17 de enero del pasado año el PSOE y Ciudadanos. Ambas formaciones aludieron a “los motivos expuestos en los informes de Intervención y Secretaría, en particular por la falta de legitimación activa”.

El Ayuntamiento de Langreo pidió al Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Oviedo la “inadmisibilidad del recurso planteado y, subsidiariamente, su desestimación con expresa condena en costas” a Unidas por Llangréu. Este grupo municipal, cuyo portavoz es Jesús Sánchez, había solicitado que se impusiesen las costas a la administración local.

Los abogados del Consistorio indicaron que los grupos políticos municipales carecen de personalidad jurídica externa, que su función es meramente corporativa y que cualquier actuación externa, ha de ser asumida, individualmente por los concejales. El tribunal, en cambio, aseguró que no se puede negar que Unidas por Llangréu tiene legitimación para participar en el proceso “alegando que debió interponerse por un concejal, cuando ha sido interpuesto por siete de los ocho que forman dicho grupo”.

Defendió también el Ayuntamiento que no cabe recurso judicial contra la convocatoria de una sesión plenaria extraordinaria. Sin embargo, la sentencia señala que no se ha impugnado la convocatoria del Pleno aisladamente ya que se alude también a los acuerdos adoptados esa sesión de forma conjunta “y en una relación causa efecto”. En cuanto al incumplimiento del plazo legal entre la convocatoria del pleno para la aprobación del Presupuesto y su celebración que expuso Unidas por Llangréu, la sentencia resuelve que no ha sido así ya que han existido los dos días hábiles mínimos.

El presupuesto de 2020 ascendió a 29,6 millones, con 1,4 millones para inversiones. Fue aprobado a principios de diciembre de 2019 con los votos favorables de PSOE y Ciudadanos, el rechazo del PP y la ausencia de Unidas por Langreo. Los ediles de la coalición integrada por IU y Podemos decidieron no asistir al Pleno en protesta por lo que tildaron de “actitud antidemocrática” de los socialistas y la formación naranja.

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