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Una lenense se enfrenta a 4 años y 9 meses de cárcel por apuñalar a su pareja

Ambos convivían en la zona rural del concejo, a pesar de que ella tenía una orden de alejamiento

Entrada a los Juzgados de Oviedo. | Irma Collín

Una lenense se enfrenta a cuatro años y nueve meses de prisión por apuñalar por la espalda a su pareja, cuando estaban juntos en el dormitorio. Es la petición de la Fiscalía de Asturias por los hechos, que ocurrieron en la noche del 16 de octubre de 2020 en una pequeña localidad de la zona rural del concejo. En la casa, según la investigación, vivía un menor. La mujer, que padece un trastorno “por consumo tóxico”, está en prisión provisional desde el 18 de octubre. La vista oral está señalada para hoy, a las 11:30 horas en el Juzgado de lo Penal número 4 de Oviedo.

La pareja es conocida en el concejo y tenía una relación complicada. La mujer, de hecho, tenía prohibido aproximarse al hombre por una sentencia anterior. Así lo explica el escrito del Ministerio Fiscal: “A principios de octubre de 2020, la acusada se trasladó a vivir al domicilio familiar, en Lena, con su pareja. Lo hizo a pesar de que conocía la pena de prohibición de aproximación (al hombre) a menos de 200 metros y prohibición de comunicarse con él, penas impuestas por un tiempo de 35 meses en virtud de sentencia de 11 de agosto de 2020”. Un fallo dictado en juicio rápido por el Juzgado de Instrucción número 2 de Lena.

Las discusiones, apuntaron fuentes cercanas al caso, eran frecuentes. Los hechos que ahora van a juicio ocurrieron sobre las 23 horas. “Dentro de la vivienda, la acusada apuñaló sorpresivamente y por la espalda a su pareja, cuando ambos estaban en el dormitorio. Para ello utilizó un cuchillo de 33 centímetros, de los cuales 21 cm son de hoja”, apunta la Fiscalía. Y añade: “El cuchillo no penetró ni afectó a cavidad pleural, parénquima pulmonar, ni arterias intercostales ni al bazo”. Como consecuencia del apuñalamiento, sufrió lesiones de las que tardó en curar 36 días. Le ha quedado como secuela una cicatriz, pero no reclama indemnización. La mujer cometió los hechos “en estado de embriaguez”, apunta el escrito de acusación.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de lesiones (en el artículo 148.1 del Código Penal). Concurren, en relación con este delito, “las circunstancias agravantes de alevosía, reincidencia y parentesco y la circunstancia atenuante de embriaguez”. También pesa sobre ella un delito de quebrantamiento.

Por el delito de lesiones, la Fiscalía solicita los 4 años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena, prohibición de aproximarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo y cualquiera sea el lugar donde éste se encuentre, a menos de 200 metros. También prohibición de comunicarse, todo ello por cinco años. Por el delito de quebrantamiento, solicita 9 meses de prisión e inhabilitación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena. Propone que la acusada abone las costas e indemnice al SESPA en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia por los gastos de asistencia sanitaria.

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