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Crimen de La Felguera: La Fiscalía pide que las escuchas y la localización de los móviles sean pruebas en el juicio

El abogado de la que era novia de Iván Castro pide al TSJA anular las geolocalizaciones de los teléfonos de los implicados en el asesinato

La vista celebrada ayer en el TSJA. | Luisma Murias

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) celebró ayer la vista para dirimir la validez las escuchas y geolocalizaciones de los móviles practicadas, durante la investigación del asesinato de Iván Castro, perpetrado en un garaje de La Felguera el 7 de diciembre de 2017, a los presuntos autores, Marta Rama y Nelson Dos Anjos. Los recursos de apelación contra la resolución de la Audiencia Provincial fueron presentados, por una parte por el abogado defensor de Marta Rama, y por otra, por el Ministerio Fiscal y la acusación particular que ejerce la familia de Iván Castro.

El Ministerio Fiscal, la acusación particular que ejerce la familia de Iván Castro y el abogado defensor de Nelson Dos Anjos defienden que sean tenidos en cuenta tanto las escuchas realizadas en el domicilio como la geolocalización de los móviles de los dos acusados. El abogado de Marta Rama, Sergio Herrero, había pedido la nulidad de las actuaciones.

Los recursos fueron presentados después de que el auto de la Audiencia Provincial de Oviedo anulase parte de las escuchas realizadas y autorizase la inclusión en el caso de las geolocalizaciones de los teléfonos móviles de los implicados. El juicio, con jurado popular, está previsto que se inicie el próximo día 28 en la Audiencia Provincial. La Fiscalía pide penas de 27 años de prisión para la que era novia de la víctima, Marta Rama, y su presunto amante, Nelson Dos Anjos, por los delitos de asesinato y tenencia ilícita de armas.

Respecto a la geolocalización de los móviles de los dos acusados, cuya anulación fue solicitada por Sergio Herrero, el abogado de Marta Rama, que indicó que la normativa española que obliga a conservar los datos de los usuarios durante doce meses “incumple la normativa europea”. Sin embargo, el fiscal defendió que “la ley de conservación de datos es perfectamente legal”. El letrado de la familia de Iván Castro, Ángel Bernal, indicó que la defensa de la acusada no ha analizado la normativa española para ver si es similar a las de otros países a los que aludió para citar varias sentencias. José Manuel Fernández González, defensor de Dos Anjos, se opuso a la petición.

La inclusión de las escuchas realizadas en el domicilio como prueba a valorar por el jurado fue defendida por el Ministerio Fiscal y el abogado que ejerce la acusación particular en nombre de la madre y del hermano de Iván Castro. También el letrado de Dos Anjos se adhirió. El fiscal señaló que no cabe la anulación de la sonorización de la vivienda dado que se llevó a cabo “solo ocho días y se limitó a las estancias de uso común” además de se limitaron a las conversaciones de los acusados. Se desarrolló, añadió, “conforme a la normativa”. Estos argumentos fueron defendidos también por Ángel Bernal y José Manuel Fernández. El abogado de la acusada indicó que no se puede grabar una serie de días “a ver que ocurre” ya que se tiene que fijar con más concreción.

En el escrito de acusación, el Ministerio Fiscal sostiene que la víctima, nacida en 1986, residía en La Felguera en un domicilio que compartía con su pareja, la acusada Marta Rama, con la cual mantenía una relación sentimental desde el año 2007, únicamente interrumpida en 2012. Por razones de salud, el joven se encontraba pensionado, no trabajaba y apenas salía de su casa. La acusada, recoge el escrito de Fiscalía, “mantenía, paralelamente a la relación con la víctima, varias relaciones esporádicas de contenido sexual con terceras personas”. En los meses anteriores al crimen, inició una relación con el otro acusado, Nelson Dos Anjos.

A partir del verano de 2017, la acusada, “tras ganarse la confianza de su amante, comenzó a transmitirle la necesidad de acabar con la vida de su pareja, aduciendo que este la maltrataba y que, en el caso de que se enterara de la relación que ambos mantenían, su vida estaría en peligro”, según el escrito de acusación.

Los acusados, que comenzaron entonces a preparar cómo y cuándo acabar con la vida del joven, compraron “sin que conste cómo, una pistola del calibre 9 mm, para la que ninguno de ellos tenía ni licencia ni guía de pertenencia”. El 6 de diciembre “realizaron un primer intento para matarlo” pero el acusado no logró encontrarse con Iván Castro. Al día siguiente, Rama informó a Dos Anjos de que su novio salía de casa y éste se dirigió al garaje donde guardaba el vehículo.

Una vez que aparcó y salió del vehículo el acusado se dirigió a él y le dijo que unos días antes le había dado un golpe a su coche. Cuando Iván Castro fue a encender la luz del móvil para ver el desperfecto, Dos Anjos le disparó hasta en tres ocasiones. El joven “falleció sin que pudiera prever ni adoptar ninguna actitud de protección o defensa ante el ataque inesperado y sorpresivo”, recoge el escrito de acusación. Posteriormente, los dos acusados comenzaron a convivir en Oviedo. Fueron detenidos el 16 de octubre de 2018.

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