Un hombre circulaba por la calle Daniel Álvarez, en el distrito langreano de La Felguera, cuando una patrulla de la Policía Local de Langreo que se encontraba regulando el tráfico le dio el alto. Eran las 20.30 horas del pasado jueves. Al pedirle la documentación del vehículo –informó el gobierno local– los agentes comprobaron que el conductor carecía del seguro obligatorio para poder conducir. Además, se dieron cuenta de que estaba bajo los efectos del alcohol, los síntomas de ebriedad eran evidentes.

Los policías decidieron someter al hombre a una prueba del alcoholemia y el resultado fue positivo. El conductor superaba los 0,6 miligramos por litro en aire espirado, lo que supone un delito penal por lo que los agentes procedieron a la inmovilización del vehículo y a la detención del conductor.

La Policía Local detuvo a otro hombre la madrugada del domingo al lunes, a la dos menos cuarto de la noche. En este caso los hechos sucedieron en Lada. Una patrulla que se encontraba circulando por la calle El Ponticu observó un vehículo que circulaba invadiendo el carril contrario. Los agentes decidieron dar el alto al conductor y comprobaron que, al igual que en el caso anterior, el conductor presentaba síntomas de haber consumido bebidas alcohólicas. Así que procedieron a realizarle la prueba y comprobaron que también superaba los 0.6 miligramos por litro de aire espirado. Dado el resultado, procedieron también a su detención.

Los dos conductores están citados hoy para comparecer en sendos juicios rápidos en los que se les comunicarán sus sanciones. Ambos se enfrentan a una condena de entre tres y seis meses de prisión, de seis a doce meses de multas económicas o de trabajos en beneficio de la comunidad, y a la pérdida del permiso de conducir durante un período de uno a cuatro años.

En caso de reincidencia, se agravarán o prorrogarán las condenas, mientras que, el hecho de negarse a realizar alguno de los test de alcoholemia que requieran los agentes (dos obligatorios, en caso de haber dado positivo en la primera prueba), está tipificado en el artículo 383 del Código Penal como un delito que se castiga con cárcel durante un tiempo de entre seis meses y un año, y entre uno y cuatro años de retirada del carné de conducir.