Ratifican la condena de 10 años de cárcel para un lavianés que abusó de su cuñada
El TSJA rechaza el recurso del hombre que durante más de una década obligó a la mujer, con discapacidad intelectual, a mantener relaciones sexuales

Juzgado de Laviana en una imagen de archivo. | JUAN PLAZA

Entre 2004 y 2017 abusó reiteradamente de su cuñada, que tenía una discapacidad intelectual. Primero empezó con tocamientos y después comenzó a penetrarla, incluso tomando viagra, ya que el hombre sufría una disfunción eréctil a causa de un ictus. Él era el cabeza de familia, el hombre respetado, por eso ella no se atrevió a decir nada hasta que se lo contó a su médico de cabecera y acabó interponiendo una denuncia. Ahora, el TSJA acaba de ratificar la sentencia del juzgado de Laviana que condenó al hombre a diez años de prisión.
En el momento de producirse los hechos la mujer no estaba incapacitada. La sentencia de incapacidad se dictó en marzo de 2020, pero sí existía un diagnóstico de discapacidad del 42 por ciento por retraso mental desde 2011.
La mujer vivía con su madre en condiciones que hicieron intervenir en numerosas ocasiones a los servicios sociales. En la casa no había agua y en muchas de las habitaciones, tampoco luz. Cuando la madre, también con discapacidad, tuvo que ser ingresada en el hospital, la chica comenzó a frecuentar la casa de su hermana para comer y bañarse antes de acudir al culto de su iglesia. Fue durante esas visitas cuando su cuñado empezó a tocarle los pechos y los genitales y posteriormente a penetrarla contra su voluntad, una voluntad mermada por esa discapacidad intelectual y por la figura de autoridad familiar que ejercía el hombre, visto por ella como un padre.
Fueron años de abusos hasta que la mujer no pudo más y se lo contó a su médico. No se atrevió a decírselo a su hermana ni a su madre, lo hizo en el centro de salud. Apoyada por los servicios sociales interpuso una denuncia contra su cuñado en diciembre de 2020. El juzgado de Laviana dictó sentencia en febrero de 2021 y condenó al hombre a diez años de prisión, la prohibición de comunicarse por cualquier medio y acercarse a menos de 100 metros de la mujer durante quince años y otros ocho años de libertad vigilada una vez salga de prisión. También debía abonar a la víctima 5.000 euros por daños morales.
El condenado recurrió la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), que ha rechazado su apelación. El hombre apelaba a su presunción de inocencia y a la ausencia de pruebas de cargo. El TSJA mantiene que la declaración de la víctima es suficiente para sustentar la pena. El TSJA apunta, además, que la discapacidad intelectual de la mujer no invalida en absoluto su declaración. El hombre también aseguraba que la denuncia parte de que la víctima se sintió desplazada cuando él se casó con su hermana, algo que el TSJA también rechaza.
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