La sección primera de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha emitido una providencia mediante la cual no admite a trámite los recursos de la Junta de Andalucía y de la Agrupación de Cofradías contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que anulaba el permiso concedido por la Consejería de Cultura para la apertura de la conocida como segunda puerta de la Mezquita-Catedral. Según la providencia, que ha adelantado 'Cordópolis' y a la que ha podido acceder Diario de Córdoba, el Supremo entiende que no existe fundamentación suficiente para admitir los recursos de la Junta y de la Agrupación contra la sentencia del TSJA, emitida en mayo del 2020 y que confirmaba otra sentencia de abril del 2019 interpuesta por el Contencioso-Administrativo número 4 de Córdoba.

La justicia, por lo tanto, vuelve a dar la razón a la familia del arquitecto Rafael de la Hoz, que en los años 70 diseñó cuatro celosías para el muro norte de la Mezquita-Catedral. Abrir una de ellas era una idea que se fraguaba desde hace tiempo para facilitar el tránsito de los pasos de Semana Santa por el que es el mayor templo de la Diócesis. El proyecto que finalmente se llevó a cabo fue avalado por la Junta de Andalucía en diciembre del 2019, siendo consejera de Cultura la exalcaldesa de Córdoba Rosa Aguilar.

La familia del arquitecto inició un periplo que comenzó ante la propia Junta de Andalucía, que no atendió las demandas, por lo que se pasaron a los tribunales, que siempre le han dado la razón. En abril del 2019 el Contencioso-Administrativo número 4 de Córdoba anula el permiso concedido por el Gobierno autonómico alegando, entre otras cuestiones, que la Junta estaba actuando en contra de su propia ley del patrimonio.

A partir de ahí, la Agrupación de Hermandades y Cofradías y la Junta intentan que sus recursos a dicha sentencia sean admitidos a trámite, pero no ocurre. El TSJA, en mayo del año pasado, desestima los recursos que, ahora, vuelven a no ser tenidos en cuenta por el Supremo.