Oviedo, José PALACIO

El «caso Jairo» ya tiene un final definitivo. El Tribunal Supremo no ha admitido a trámite el recurso de casación interpuesto por el Oviedo contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que, a su vez, confirmaba la del 25 de junio de 2008 del Juzgado de lo social número 2 de Oviedo, que falló en contra de la reclamación del club azul. El Oviedo solicitaba 600.000 euros a Jairo y al Deportivo de La Coruña.

Jairo Álvarez llegó al Oviedo en el año 2000. Su contrato lo vinculaba al club azul hasta 2008, pero el futbolista quiso desvincularse en 2003, tras el descenso a Tercera División, demanda que fue desestimada por el juez.

En 2004 el Oviedo y el jugador llegaron a un acuerdo con el Sporting para su cesión al equipo gijonés, con un crédito a favor del Oviedo de 601.012 euros que se haría efectivo de la siguiente forma: el Oviedo dejaba libre al jugador para que firmase un contrato con el Sporting. Si en las tres siguientes temporadas Jairo fuese traspasado a otro club, el Oviedo recibiría 601.012,10 euros, cantidad que se retendría del precio del traspaso. Si, por el contrario, no se daba esa posibilidad, el Sporting podría optar por mantener el contrato por dos años más o traspasar al jugador al Oviedo o al club que éste designara por un euro. El Oviedo reclamó en 2007 al jugador y al Sporting el cumplimiento del contrato, a lo que el club gijonés respondió que optaba por no mantener la relación con Jairo. El conjunto azul remitió entonces una carta a Jairo en la que le comunicaba que debía reincorporación a la plantilla el 1 de julio de 2007. El club elaboró un nuevo contrato para Jairo, que éste nunca firmó, ya que se había comprometido con el Deportivo por tres temporadas. El Oviedo planteó entonces una demanda contra el Sporting y el jugador por incumplimiento de contrato, demanda que fue desestimada en primera instancia. En la sentencia se estimaba que la «recompra» del jugador estaba sometida a unas condiciones que el Oviedo no cumplió, ya que el pago del euro estipulado en el contrato no lo hizo efectivo hasta el 13 de julio de 2007, por lo que el jugador era libre el 1 de julio para firmar con el Deportivo, por lo que se estima que no hubo resolución unilateral del contrato por parte de Jairo, ya que éste no estaba vigente.

El Supremo confirma ahora la firmeza de la sentencia recurrida con la imposición al Oviedo del pago de las costas y la pérdida del depósito constituido para recurrir.