El Tribunal Supremo no ha admitido el recurso presentado por el empresario José María Tejero, presidente del Real Avilés, por el caso de la venta de dos terrenos ocupados por gasolineras en Avilés y la sentencia de la Audiencia Provincial que le condena a dos años de cárcel y el pago de alrededor de 400.000 euros ya es firme. "Es patente, a tenor de la argumentación probatoria plasmada en la sentencia recurrida, que concurren indicios incriminatorios claros, inequívocos, convergentes y concluyentes de que el acusado ideó un plan para conseguir la compraventa de los inmuebles, siendo consciente de que no podía cumplir con las contraprestaciones acordadas en el contrato", recoge el auto del Tribunal Supremo.

Al tratarse de una condena menor a dos años, el acusado podría evitar la entrada en prisión, pero tienen que concurrir una serie de circunstancias. La suspensión de la condena se produciría en el caso de que Tejero, que lleva años con dificultades para pagar a la plantilla del Avilés, no tenga antecedentes penales, pero también está supeditada al pago de la cuantía que recoge la sentencia -multa de 10 meses (2.400 euros) e indemnización por una cantidad pendiente de establecer, aunque rondaría los 400.000 euros-, por lo que de no afrontarlo, el mandatario del Avilés tendría que cumplir la condena de cárcel.

En la sentencia confirmada, el órgano provincial había considerado a Tejero culpable de un delito de estafa agravada por irregularidades en la venta de unos terrenos vinculados a dos gasolineras a la empresa "Canivell y Fernández", una en El Campón, cerca del hospital San Agustín, y otra en el barrio de Villalegre. José María Tejero recurrió al Tribunal Supremo, que ha rechazado los argumentos y ratifica la sentencia. La audiencia provincial considera hechos probados que el empresario, que firmó la compraventa en nombre de "Team Inmobiliaria", ocultó que los derechos de cobro que otorgaban los dos terrenos -un canon por litro de gasolina vendido en las gasolineras que ocupan la finca- eran menores de lo que recogían las escrituras, pero es que además, estos cánones estaban pignorados, es decir que estaban desplazados para pagar una deuda de otra entidad, por lo que los compradores, "Canivell y Fernández", no podían acceder a ellos.

La defensa de Tejero alegó en el recurso que no existía prueba de cargo suficiente. El Tribunal lo reconoce, pero también que las pruebas indiciarias son suficientes para sustentar la condena: la documental recogida en el proceso, la declaración del representante de "Canivell y Fernández" y del abogado de "Dipsa Península" -la empresa propietaria de las gasolineras- son suficientes para probar "que el acusado ocultó a la parte compradora no solo la reducción de los cánones, sino también el hecho de que los créditos habían sido pignorados".