Las nuevas normas de restricción a la movilidad decretadas por la pandemia del coronavirus han dejado en el aire un montón de preguntar tanto para los clubes deportivos no profesionales que compiten fuera de la región como para el uso de las instalaciones donde se practica. El Consejo Superior de Deportes solo considera deporte profesional a las dos primeras categorías de fútbol y a las ligas ACB de baloncesto y Asobal de balonmano. El resto, aunque lo practiquen personas que viven de ello, no entra de lo que consideran fútbol profesional. Por eso, multitud de clubes que compiten fuera del Principado y que a su vez reciben a deportistas de otros lugares no sabían muy bien a qué atenerse una vez que se aisló la región. la dirección general de Deportes del Principado ha querido despejar todas esas dudas para que los clubes tengan a qué atenerse. También para aquellos deportistas que han de desplazarse por los tres grandes núcleos de población de la región, Gijón, Oviedo y Avilés, que están aislados a su vez del resto de la región. Otra de las dudas que asalta a todos estos clubes están en el uso de los vestuarios y duchas de las instalaciones, puesto que es complicado recibir a un equipo de lejos de Asturias e impedirle que tras el encuentro pueda tomar una ducha. Todas esas cuestiones quedan resueltas a continuación:

¿Puedo salir fuera de Asturias a una competición federada nacional o internacional no profesional?

"Sí, las salidas fuera del territorio de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, para deportistas y /o equipos que acudan a una competición federada nacional o internacional no profesional, están permitidas".

¿Puede un deportista o equipo de fuera de Asturias venir a participar en una competición nacional o internacional no profesional que se vaya a celebrar en el Principado?

"Sí, de igual manera que en la pregunta anterior, los/las deportistas o equipos de otras comunidades autónomas, o países, pueden acudir a Asturias a las competiciones federadas de ámbito nacional o internacional, no profesional, que se vayan a celebrar aquí".

¿Qué documentación tengo que llevar para poder salir fuera de asturias a una competición nacional o internacional no profesional?

-"Licencia federativa en vigor":

-"Certificado que debe emitir cada Federación, en la que el secretario/a o presidente/a identifique de forma individual a la persona, competición a la que se acude y fechas en las que se celebra".

-"Si se trata de un equipo y se viaja de forma conjunta el certificado puede ser único, pero ha de contener la relación individualizada de las personas que componen la expedición y que viajan a la competición".

¿Puedo regresar de una competición nacional o internacional no profesional fuera de Asturias entre las 00:00 y las 6:00 horas? 

"Sí, es posible circular por la vía pública entre las 00:00 horas y las 6:00 horas, si se está regresando a casa de una competición nacional o internacional federada".

¿Qué documentacion tengo que llevar para justificar mi presencia en la vía publica entre las 00.00 y las 06.00 horas?

"Licencia federativa en vigor".

"Certificado que debe emitir cada Federación, en la que el secretario/a o presidente/a identifique de forma individual a la persona, competición federada no profesional nacional o internacional a la que se ha acudido y la hora estimada de llegada a la localidad de residencia".

¿Puedo salir fuera de los municipios o núcleos urbanos que están confinados a entrenar o competir en actividades deportivas federadas no profesionales?

"Sí, si se tienen licencia de la modalidad deportiva correspondiente en vigor y la Federación cuenta con protocolo para la prevención del covid-19 para entrenamientos y competiciones aprobado por la dirección general de Deporte del Principado de Asturias o protocolo aprobado de la Federación Española correspondiente; se puede consultar qué Federaciones tienen el protocolo para la prevención del covid-19 aprobado".

 ¿Se permite la salida de los municipios o núcleos urbanos confinados sólo a deportistas federados/as?

"Podrán salir a entrenar o competir de forma federada, no sólo quienes cuenten con licencia federativa, sino también aquellos/as que cuenten con licencia deportiva escolar, ya que las actividades deportivas federadas de competencia autonómica comprenden también la práctica del deporte base que se desarrolle bajo el ámbito de una entidad deportiva que se enmarque dentro de la modalidad deportiva reglamentada por la Federación deportiva correspondiente".

¿Puedo usar duchas en mi instalación deportiva?

"Sí, sin son individuales y se cuenta con un sistema de renovación de aire en este espacio. El uso de mascarilla es obligatorio también".

¿Puedo usar los vestuarios en la instalación deportiva?

"Sí, si se garantiza 5 metros cuadrados para cada persona y se dispone sistema de renovación de aire en ese espacio, siendo obligatorio el uso de mascarilla".

Sobre el uso de la mascarilla durante la actividad deportiva… 

"Se ha establecido obligatorio el uso de mascarilla en los entrenamientos (no competiciones) de todas las disciplinas deportivas federadas, siempre que no pueda asegurarse la distancia de seguridad. Sólo se contempla la excepcionalidad en la realización de determinados ejercicios de intensidad elevada en cada actividad".

¿A qué normativa me tengo que ajustar si no practico deporte escolar o federado?

"Si no se trata de deporte escolar o federado, sólo podrá practicarse al aire libre, de forma individual o colectiva, sin contacto físico, respetando la distancia interpersonal de, al menos, 1,5 metros. También podrá practicarse en instalaciones y centros deportivos, sin contacto físico, respetando la distancia de 1,5 metros y siempre que no se supere el 75% del aforo de la sala y en todo caso sin superar nunca las 10 personas. En caso de actividades colectivas debe garantizarse el espacio de 1,5 metros respecto a otro/a participante y si se realiza coreografía, moviéndose sus participantes en el espacio, debe asegurarse un perímetro de 2 metros desde su ubicación inicial para cada persona. Finalmente, en los parques infantiles, parques biosaludables, zonas deportivas, pistas “skate” o espacios de uso público al aire libre similares también podrá realizarse actividad física y deportiva siempre que se garantice la distancia de, al menos 1,5 metros, entre sus usuarios/as, siendo el uso de mascarilla obligatorio".

¿Está permitida la presencia de público en los entrenamientos y competiciones federadas?

"No, la presencia de público no está permitida, ni entrenamientos, ni en competiciones federadas. En ninguna categoría deportiva (incluye deporte base en edad escolar y federado) y en ninguna modalidad deportiva, se permite la presencia de público".

¿Está permitido el desarrollo de encuentros deportivos, partidos amistosos o similares?

"Depende de la edad de los deportistas. Los/las deportistas menores de 16 años (nacidos/as entre el 2005 y 2017, ambos años incluidos) podrán entrenarse pero no competir, esto se refiere tanto a competiciones de carácter oficial como de carácter amistoso. Los/las deportistas nacidos/as en 2004 y años anteriores podrán entrenarse y competir bajo las condiciones aprobadas en los protocolos de su modalidad deportiva que deben estar informados por Salud Pública y validados o aprobados por la dirección general de Deporte".