Murcia, Efe

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ) ha confirmado la sentencia de un Juzgado que declaró «procedente y sin derecho a indemnización» el despido de un trabajador por hacer pintadas en la casa de su empresario en las que pedía el pago de los salarios.

El tribunal ratifica la que el Juzgado de lo social número 6 de Murcia dictó en enero de este año, y que impuso, además, al trabajador, D. J., una multa de 601 euros y el pago de los honorarios de un perito calígrafo, que ascienden a 928 euros.

El demandante trabajaba como oficial de primera en la empresa D. M., de la que fue despedido en mayo de 2008 tras aparecer en la fachada del edificio propiedad del dueño de la misma, D. T., en Caravaca de la Cruz, varias pintadas con la frase «paga lo que debes», entre otras. En la carta de despido se le indicaba que en alguna ocasión anterior la empresa lo había sancionado, entre otros motivos, por realizar crucigramas en sus horas laborales. Y añadía que «en base a estos autodefinidos, que se conservan en las oficinas, se solicitó el dictamen de un perito calígrafo especialista en la materia, que llegó a la conclusión de que las letras escritas en la fachada del edificio y en los autodefinidos han sido realizadas por una misma persona».

El empresario consideró estos hechos constitutivos de una falta muy grave, sancionable con el despido disciplinario, por lo que acordó su cese en el trabajo, medida cuya procedencia fue confirmada por el Juzgado de lo social. El TSJ señala que el trabajador incurrió en un «manifiesto abuso de derecho».