Oviedo / Madrid

Despedir a un trabajador será más barato para las empresas desde hoy mismo con la reforma laboral que ayer aprobó por decreto el Consejo de Ministros. Aunque la norma será tramitada también como proyecto de ley y, por tanto, puede haber cambios de alcance en la tramitación parlamentaria, el texto que entra en vigor de manera provisional incluye aspectos relevantes que atañen al coste del despido: la generalización del contrato de fomento del empleo para los nuevos trabajadores fijos, el pago por cuenta del Fogasa de una parte de las indemnizaciones y la modificación de las causas del despido objetivo. En este último caso se determina que un empresario podrá recurrir a una de las formas más baratas del despido con sólo acreditar ante el juez «una situación económica negativa».

El ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, presentó ayer el decreto como una reforma laboral «sustancial» y que está diseñada para favorecer la flexibilidad y la creación de empleo estable. El Gobierno aspira también a atender las demandas de cambios estructurales en la economía española que llegan de Europa y de los mercados financieros. El tratamiento del despido vuelve a ser, como en ocasiones precedentes, la medida con la que buena parte de los observadores valoran la profundidad de la reforma del mercado de trabajo. Tres son los capítulos que afectan al despido.

- El despido objetivo. Este tipo de despido, por causas económicas o técnicas, organizativas o de producción, ya existe en el ordenamiento jurídico y cuando es declarado procedente el empresario puede prescindir de un trabajador con una indemnización de 20 días por año de antigüedad, siendo la compensación máxima equivalente a 12 meses de salario. Pero las dificultades para justificar las «causas objetivas» ante el juez han hecho que esta fórmula apenas sea utilizada.

Tras la fallida negociación con la patronal y los sindicatos, el Gobierno anunció que precisaría más las causas del despido objetivo para facilitarlo en el caso de las empresas en dificultades. Se llegó a plantear que las empresas pudieran despedir con 20 días de indemnización -frente a los 45 días del despido improcedente, el más frecuente- si acumulaban seis meses de pérdidas. El borrador de la reforma no incluyó ese plazo, aunque determinaba lo siguiente: «Se entiende que concurren causas económicas (para el despido) cuando los resultados de la empresa arrojen pérdidas no meramente coyunturales». La redacción definitiva prescinde de la expresión «pérdidas no meramente coyunturales» y estipula que se dan las causas para este tipo de despido «cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa».

La aparente ambigüedad de esa redacción dio pie a interpretar ayer que una empresa, aun sin incurrir en pérdidas -por ejemplo, si se reducen sus beneficios sin entrar en números rojos-, puede acogerse al despido barato. El Gobierno recordó, no obstante, que a la postre serán los jueces quienes decidirán. El cambio en la redacción fue incluido a sugerencia de algún grupo político de la oposición, según el Ejecutivo.

l El contrato de fomento. El Ejecutivo ha optado por generalizar, prácticamente sin excepciones, el uso del contrato de fomento del empleo indefinido, una fórmula que se aplica parcialmente desde 1997 y que incluye una indemnización más barata en caso de despido improcedente: 33 días de salario por año, frente a los 45 del contrato ordinario. La reforma implica de hecho que prácticamente todos los nuevos contratos fijos se harán por esta vía. Corbacho aclaró que los trabajadores que ahora tiene contrato indefinido ordinario mantienen sus derechos sin cambios.

l El Fogasa. El coste del despido también se abaratará al abonar el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) el equivalente a 8 días de salario por año trabajado en caso de despido. Esta norma se aplicará a todo tipo de despidos (procedente o improcedente) y a los contratos fijos sin distinción. El Gobierno ha decidido, en cambio, que la creación de un fondo de capitalización («modelo austriaco») para financiar parte del despido se tramite al margen de la reforma laboral, como proyecto de ley singular. El Fogasa se nutre de cotizaciones de las empresas, si bien el Ejecutivo asegura que esas aportaciones no se encarecerán.

Coincidiendo con la reforma laboral, un informe del Banco de España defendió ayer que la reducción de salarios de los funcionarios aprobada por el Gobierno debe «tener reflejo» en los que pagan las empresas privadas. «El significativo recorte de los salarios de los empleados públicos (una media del 5%) deberá reflejarse en un mayor grado de moderación de los incrementos de la remuneración que se acuerden en el ámbito de la negociación colectiva», indica el organismo supervisor en su informe anual. Según datos conocidos ayer, los salarios suben este año una media del 3,3% en Asturias. Es el segundo mayor aumento del país.