Agustín Azparren, ex juez de la Audiencia Provincial de Asturias y ahora en un bufete de abogados en Marbella, aseguró ayer que muchos perjudicados por desahucios que puedan demostrar que su contrato hipotecario se sustentaba en cláusulas abusivas podrán reclamar contra el Estado. Según explicó, la directiva europea que el Tribunal de Justicia de la UE considera que se vulnera en la legislación española está vigente desde 1993, y había de plazo hasta 1996 para desarrollarla y aplicarla. Pero a día de hoy, en España no se ha realizado esa trasposición.

«Cabe la posibilidad de reclamar por vía contenciosa la responsabilidad patrimonial del Estado. Habrá que demostrar que el desahucio se ejecutó con una cláusula abusiva que se tenía que haber controlado y no se hizo, pero nosotros vamos a llevar casos de estos», aseguró.

Azparren, que fue el primer juez en Asturias que paralizó un desahucio, advirtió que este fallo es válido para el consumidor, pero no para empresas. También indicó que esta sentencia puede favorecer otras similares para otros productos financieras, como los swaps o las preferentes.

El profesor Francisco Bastida, catedrático de Derecho Constitucional, coincidió en este análisis. «Habría que ir con casos concretos al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, pero probablemente el resultado sea el mismo que en el caso de los desahucios», afirmó.

En opinión de Bastida, la sentencia del Tribunal Europeo «expone la dejadez del poder público, del legislador y del Gobierno, que viendo los casos de ejecución de desahucios y sus graves consecuencias no han tenido la agilidad necesaria para contrarrestar esa situación, cambiando una legislación que no se ajusta a las normas de protección del consumidor». Y también advirtió de que los jueces «deben revisar los contratos y sus cláusulas antes de que se acometa la ejecución y comprobar que no se incluyen cuestiones que no correspondan. Sólo pueden figurar los intereses simples, el principal y los costes procesales, nada más».