La Audiencia Provincial obligará a Caja Rural a devolver todo el dinero que había cobrado de más a un taxista por la cláusula suelo que la entidad le había incluido en un préstamo hipotecario que éste había solicitado en 2005 para poder pagar la licencia del taxi. La sentencia se aparta de las recomendaciones del Tribunal Supremo que pide que, en este tipo de casos, solo se devuelvan las cantidades pagadas de más desde mayo de 2013. Para sortear esa recomendación los magistrados consideran al taxista como un empresario y no como un consumidor por lo que aseguran en el escrito judicial que no se les puede aplicar la misma doctrina judicial.

El abogado que representó al taxista, David Mayo, de la firma Mayo & Pintado abogados, asegura que se trata de una sentencia innovadora que puede crear precedentes. El afectado había suscrito un préstamo hipotecario sobre su vivienda por un valor de 178.000 euros, pero el dinero se derivó a la compra de una licencia de taxi. En la escritura se establecía un suelo de 3%, lo que impidió que las cuotas mensuales se abarataran cuando el euribor se derrumbó.

La sentencia de la Audiencia Provincial, firmada por los jueces José María Álvarez, María José Pueyo y José Luis Casero, asegura que la cláusula suelo fue incorporada al contrato sin haber sido negociada previamente. De hecho califica la información aportada por el director de la sucursal bancaria como "vaga".

Así, los jueces entienden que como la cláusula no debía formar parte del contrato "el banco es deudor de todas las cantidades recibidas desde su aplicación". Por lo que consideran que en este caso no son aplicables las limitaciones retroactivas establecidas por el Tribunal Superior ya que éstas están previstas para casos diferentes.