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Los jueces asturianos limitan el reintegro a los hipotecados del dinero cobrado de más

La Audiencia aplica de manera automática un criterio sobre las cláusulas suelo que la UE considera que no se ajusta a derecho

Sede del Tribunal de Justicia de la UE, en Luxemburgo.

Asturias es una de las regiones donde la mayoría de los juzgados de primera instancia y en particular la Audiencia Provincial están limitando las compensaciones que reciben los hogares con hipotecas de interés variable que ganan sus pleitos contra las cláusulas suelo. Está ocurriendo así de manera generalizada por la aplicación de una doctrina del Tribunal Supremo que en estos últimos días ha cuestionado la Comisión Europea. Si finalmente el Tribunal de Justicia de la UE falla contra ese criterio de la alta magistratura española, los bancos podrían verse obligados a devolver hasta 280 millones de euros a los hipotecados asturianos, según una estimación de la Unión de Consumidores, si bien ese impacto económico es difícil de cuantificar con precisión. La cláusula suelo es un mecanismo que blinda los ingresos de la entidad financiera e impide al cliente beneficiarse de las rebajas del euribor.

El día 25 del pasado mes de marzo, el Tribunal Supremo sentó doctrina al dictar la segunda sentencia en la que determinaba que, cuando se reconoce la nulidad de una cláusula suelo, el demandante tiene derecho a la devolución retroactiva de las cantidades pagadas de más al banco, pero a contar sólo desde mayo de 2013, fecha del primer fallo en el que se fijó ese criterio. El Supremo invocó para ello el riesgo para "el orden público económico", al considerar que imponer a los bancos la devolución de lo cobrado de más desde la fecha del contrato hipotecario provocaría daños sistémicos en el sector financiero, que en el momento de aquella primera sentencia acababa de recibir decenas de miles de millones de euros de ayudas públicas.

Según fuentes jurídicas, esa doctrina del Supremo es ya aplicada de manera automática por la Audiencia Provincial de Asturias, tribunal de segunda instancia que está rechazando los recursos que presentan los hogares hipotecados para exigir la completa devolución del dinero o admitiendo las apelaciones que también promueven los bancos cuando algún juez de primera instancia se inclina por desoir al Supremo y reconocer la retroactividad sin límite.

Otras audiencias provinciales de distintas regiones están siguiendo el mismo camino que la de Asturias, pero no todas. Tribunales de Cataluña, Madrid o Valencia continúan emitiendo sentencias que reconocen el derecho de los hipotecados a cobrar todo el dinero que pagaron de más por los efectos de una cláusula suelo que haya sido considerada abusiva por sentencia judicial. La causa más común es que el banco no informara de manera adecuada al cliente sobre la existencia y funcionamiento de la cláusula.

La cuestión sobre el resarcimiento a los afectados ha llegado al Tribunal de Justicia de la UE, que presumiblemente se pronunciará en 2016 acerca de si la doctrina del Supremo es o no conforme al derecho comunitario. El informe que la Comisión Europea ha elaborado sobre el caso considera que sí hay infracción de las directivas de la UE. Viene a determinar que si una cláusula es anulada por abusiva, sus efectos deben ser nulos desde que fue incluida en el contrato.

La diferencia entre esta opinión y la doctrina del Supremo es de gran calado económico para los clientes y para la banca. Desde mayo de 2013, el euribor ha bajado del 0,48% al 0,15%, lo que da lugar a una compensación relevante para quienes ganan sus pleitos. Pero el resarcimiento es notablemente mayor si se acepta la retroactividad total, porque durante los cuatro años anteriores (entre 2009 y 2013) el euribor estuvo siempre por debajo del 3%. Las cláusulas suelo se activan cuando la suma de la tasa de referencia y el diferencial aplicado por el banco al cliente baja de un nivel determinado, a menudo situado entre el 3% y el 4%.

Juristas consultados auguran que los jueces empezarán a utilizar ya en sus sentencias las consideraciones de la Comisión Europea, antes incluso de que se pronuncie el Tribunal de la UE con sede en Luxemburgo. Según las mismas fuentes, en Asturias hay centenares de demandas por cláusulas suelo que están en tramitación o en estudio.

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