La Agencia Tributaria podrá embargar dinero de depósitos bancarios a plazo a través de internet, según un procedimiento publicado ayer por el "Boletín Oficial del Estado" (BOE) que extiende a ese tipo de imposiciones una fórmula que ya utiliza Hacienda desde 2011 con las cuentas a la vista (cuentas corrientes y de ahorro).

En el BOE se explica que la resolución será de aplicación a aquellas diligencias de embargo de cuentas a plazo e imposiciones a plazo fijo que genere la Agencia Tributaria a partir del día 1 de octubre del presente año. En el texto se detalla el procedimiento que permitirá a los órganos de recaudación llevar a cabo, por internet, las actuaciones de embargo de saldos depositados en cuentas a plazo e imposiciones a plazo fijo en entidades de crédito.

El procedimiento se realizará a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria y las entidades de crédito podrán optar por actuar mediante capturas manuales en pantalla o mediante intercambios telemáticos de datos. El mismo día en el que banco acceda a una diligencia de embargo deberá retener el importe a embargar que figure en ella. De este modo, la retención del dinero podrá hacerse de una manera más ágil. Hasta ahora, el embargo de depósitos a plazo requería que un inspector de Hacienda acudiera personalmente al banco a entregar la diligencia.