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Más control sobre las bajas en Asturias, que ya no necesitan parte médico cada semana

Un nuevo sistema simplifica los trámites burocráticos pero aumenta el detalle y la frecuencia de los informes sanitarios

Más control sobre las bajas en Asturias, que ya no necesitan parte médico cada semana

Los trabajadores asturianos que están de baja por enfermedad ya no tienen que acudir cada semana al médico para obtener el parte de confirmación y entregarlo en su centro de trabajo para acceder a la prestación por incapacidad temporal. El Servicio de Salud del Principado aplica desde el pasado marzo un nuevo sistema, fruto de una reforma de alcance nacional, que elimina la citada obligación para los pacientes a la vez que refuerza otros procedimientos para controlar las bajas y evitar casos de duración inadecuada o fraudulenta.

El modelo de gestión que está en funcionamiento en todas las áreas sanitarias desde el día 1 de marzo resulta de una reforma de la prestación por incapacidad laboral que el Gobierno central aprobó para que entrara en vigor el 1 de diciembre de 2015. Pero Asturias y otras comunidades autónomas alegaron problemas técnicos y deficiencias en las herramientas informáticas facilitadas por la Seguridad Social para demorar el cambio de sistema. Fuentes de la Consejería de Sanidad confirmaron ayer que, tras un proceso de formación de los médicos de atención primaria, el nuevo procedimiento para tramitar y controlar las bajas laborales está funcionando ya "con normalidad".

¿Qué cambia en la gestión de las bajas médicas? La reforma fue concebida para intensificar el seguimiento de los procesos de baja y evitar el fraude relacionado con las prestaciones que cobran los trabajadores, subsidios que en el caso de enfermedad común corresponde abonar al empresario desde el cuarto día y hasta el decimoquinto y a partir de entonces a la Seguridad Social o a las mutualidades, según los casos. En los siguientes puntos se explican las modificaciones principales.

Menos partes. Con arreglo al sistema anterior, el médico de cabecera era el encargado de conceder o no la baja al trabajador y de otorgarle también el alta. El proceso ordinario era así: tras disponer de la baja, el paciente tenía que volver tres días después para obtener un primer parte de confirmación y, al margen de cuál fuera la duración estimada de la dolencia, debía acudir cada siete días para ser examinado y en su caso recibir nuevos partes de confirmación. Con la reforma, el médico emite ahora el parte haciendo una estimación del tiempo que tardará en recuperarse el paciente y encuadrándola en una de las siguientes categorías: procesos de muy corta duración (inferior a 5 días), duración corta (de 5 a 30 días), duración media (de 31 a 60 días) y duración larga (61 días o más). La gestión varía ahora según sea esa duración estimada. En los procesos muy cortos, el médico dará el parte de alta y el de baja al mismo tiempo. En los casos de duración corta y media, el primer parte de confirmación deberá tramitarse a los 7 días, pero a partir de ahí los sucesivos serán a los 14 y a los 28 días, respectivamente. Para los procesos más largos, la primera visita al médico tras haber obtenido la baja no será obligatoria hasta 14 días después y las sucesivas, cada 35 días. Un ejemplo: alguien con una baja de un año de duración tenía que acudir personalmente a la consulta (o en caso de imposibilidad física, hacerlo un familiar) unas 50 veces para los partes de confirmación; ahora se resuelve con diez visitas.

Duración estimada. El cálculo preliminar sobre lo que puede prolongarse la recuperación del trabajador se realiza utilizando como referencia las llamadas "tablas de duración óptima", que tienen en cuenta el diagnóstico, la profesión y la edad del paciente. En el gráfico superior se reproduce la duración estándar de algunas dolencias según un manual que el Instituto Nacional de la Seguridad Social editó en 2013. Los programas informáticos que ya utilizan los médicos asturianos de atención primaria aplican de manera automática las estimaciones de ese manual, si bien el médico puede modificarlas en cualquier momento del proceso.

Más informes. La reforma aligera trámites en la medida en que el trabajador de baja tiene que acudir menos veces a consulta, pero por otro lado aumenta la carga burocrática de los facultativos, como destacó ayer el presidente del sindicato médico SIMPA, Javier Alberdi. "Se multiplica el número de informes que tenemos que hacer", subrayó. La queja se refiere a uno de los cambios que están pensados para endurecer el control de las bajas de mayor duración. Cada dos partes de confirmación, el médico deberá elaborar un informe donde se recojan, establece la normativa, "las dolencias padecidas por el trabajador, el tratamiento médico prescrito, las pruebas médicas realizadas, la evolución de las dolencias y su incidencia sobre la capacidad funcional del interesado". Tal frecuencia supone, para el caso de un paciente con una baja que dure un año, la elaboración de entre ocho y diez informes, cuando hasta ahora bastaba con dos. Esos documentos estarán al alcance de los inspectores de la Seguridad Social que realizan el seguimiento de la prestación por incapacidad temporal.

La implantación del sistema en la sanidad asturiana se ha realizado finalmente con normalidad, tras el retraso inicial. No obstante, Javier Alberdi enfatizó que ese nuevo modelo incrementa el trabajo burocrático en las consultas de atención primaria, "a menudo muy saturadas". Inicialmente, la normativa nacional establecía que la concesión de la baja y su seguimiento correspondía al médico que hubiera atendido en primer lugar al trabajador, aunque fuera por ejemplo un facultativo de un hospital o de un servicio de urgencias. Ante la confusión que generaba esa norma, el Principado ha optado por encargar el seguimiento de todas las bajas a los médicos de cabecera.

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