¿Qué grava el impuesto?

Sobre el papel, grava el incremento del valor del terreno que "se pone de manifiesto" cuando un bien inmueble de naturaleza urbana (solar, piso, local, nave...) se transmite, sea por compraventa, herencia, donación, permuta e incluso expropiación.

¿Quién debe tributar?

Los casos más habituales son los del propietario particular que vende su vivienda y el del heredero que recibe un inmueble en herencia.

¿Cómo se calcula?

Sobre el valor catastral del suelo se aplican unos coeficientes (hasta el 3,7%) por cada año transcurrido desde la compra del inmueble, hasta un máximo de veinte años. Sobre el resultado se aplica el tipo de gravamen. En Asturias es habitual el tipo máximo legal (30%).

¿Cómo es posible que se tribute si no hay plusvalía real?

Como se tiene en cuenta el valor catastral en lugar del precio real de compra y de venta, es frecuente tener que tributar aunque se haya vendido en pérdidas. Ha sido muy habitual debido a la combinación de la crisis inmobiliaria, que hundió el precio de la vivienda, y del aumento de los valores catastrales, a través de las actualizaciones realizadas en muchos ayuntamientos. Un ejemplo posible: un propietario compró un piso por 200.000 euros en 2008 y lo vendió por 175.000 en 2016; siendo el valor catastral del suelo de 20.000 euros, tributará más de 1.000 euros en Oviedo y por encima de 700 en Gijón, aunque en verdad haya perdido 25.000.

¿Cómo afecta la sentencia del Constitucional?

Los contribuyentes que hayan recurrido el impuesto ganarán sus pleitos y podrán recuperar el dinero. También podrán hacerlo aquellos que, habiendo pagado el tributo dentro de los últimos cuatro años pese a no tener plusvalías reales, reclamen la devolución a los ayuntamientos y acrediten que la vivienda se vendió por precio inferior al de la compra. Esta opción es segura para quienes abonaron el impuesto mediante el procedimiento de autoliquidación, según los abogados fiscalistas Ana Espiniella (Vaciero) y José María Salcedo (Ático Juridico?.

¿Pueden exigirse la devolución en caso de herencia?

La sentencia no se pronuncia sobre el particular y los expertos no tienen una opinión única. Según Salcedo, será factible si el bien se hereda con un valor inferior al de la compra y se acredita con informes de peritos. Según Espiniella, resultará más complejo de justificar porque el heredero sí obtiene ganancia patrimonial.