El impuesto de plusvalías no se pagará cuando no exista incremento real del valor suelo y ello se acredite a través de las escrituras públicas; en los demás casos, el tributo se calculará mediante un nuevo procedimiento que, según una estimación de los ayuntamientos, reducirá el 20% la carga fiscal. Es lo que ha trascendido acerca de la propuesta de reforma del citado gravamen local, pactada entre el Ministerio de Hacienda y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) ocho meses después de que la regulación aún en vigor fuera declarada inconstitucional.

La FEMP aprobó el martes, en una reunión extraordinaria de su junta de gobierno, la última propuesta de Hacienda para reformar el denominado impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana. El organismo se manifestó también a favor de que la tramitación legislativa se haga de manera urgente "para despejar la inseguridad jurídica creada" y anunció asimismo que la propia FEMP propondrá una enmienda al texto para "la creación de un fondo de compensación" por la pérdida de recaudación que puedan tener los ayuntamientos.

Durante estos ocho meses de negociaciones, ni la federación de ayuntamientos ni el Gobierno central han transmitido a los ciudadanos información precisa alguna sobre cómo podría ser la reforma de las plusvalías. Y tampoco lo ha hecho ninguna de las dos partes después de alcanzar su acuerdo. Hacienda y la FEMP se negaron ayer a divulgar los detalles del proyecto, del que están pendientes, entre otros, miles de contribuyentes que tienen derecho a la devolución del tributo al estar afectados por la parte de la ley que anuló el Tribunal Constitucional por sentencia del día 11 de mayo (notificada el 15 de junio).

Conforme a lo que este diario conoció de los textos que se manejaron durante las negociaciones, la reforma atiende en primer lugar la orden del Tribunal de suprimir el cobro de plusvalías cuando el incremento de valor del inmueble (por ejemplo, la porción suelo correspondiente a una vivienda que se vende o se hereda) no es real. El mecanismo para fijar la base imponible (aplicando unos porcentajes sobre el valor catastral por cada año desde la adquisición hasta un máximo de veinte) hacía que se vieran obligados a tributar incluso quienes vendían una casa en pérdidas. Para evitar estas situaciones, la reforma elimina el pago de las plusvalías cuando "se acredite la inexistencia de incremento del valor". La forma de hacerlo será con las escrituras de compraventa o, en caso de herencia, con la valoración incluida en la liquidación del impuesto de sucesiones.

Un segundo capítulo de la reforma consiste en cambiar el procedimiento de cálculo de la base imponible para quienes sí queden obligados a pagar. Seguirá haciéndose a partir de valores elaborados por la Dirección General del Catastro, pero sustituyendo el sistema de porcentajes vigente por unos coeficientes máximos cuya cuantía dependerá del tiempo transcurrido desde la adquisición. Según señaló ayer el presidente de la FEMP y alcalde de Vigo Abel Caballero, esta nueva fórmula reducirá en torno a un 20% la factura del impuesto para los contribuyentes, al adecuarse más la estimación del incremento del valor del suelo a la realidad del mercado.