El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) dictaminó que una trabajadora embarazada puede ser despedida en el marco de un despido colectivo, aunque en este caso el empresario debe comunicar a la empleada los motivos que justifican la rescisión y los criterios objetivos que se han seguido para designar a los trabajadores afectados. El fallo se produce tras el despido de una empleada de Bankia en Cataluña en 2013. El TUE dice que la directiva sobre seguridad y salud de trabajadoras embarazadas no se opone a una ley nacional que permita su despido en un ERE.