La Junta Única de Resolución (JUR) decidió de forma preliminar que no se requiere conceder compensación a los accionistas y acreedores afectados por la resolución del Banco Popular puesto que el último informe sobre la operación revela que hubiesen perdido más en un proceso de insolvencia al uso.

"El informe de valoración 3 llega a la conclusión de que bajo procedimientos normales de insolvencia las pérdidas generales habrían sido sustancialmente mayores que las pérdidas que se realizaron en resolución", dijo hoy en un comunicado la JUR, que publicó tanto la decisión preliminar como la versión no confidencial del informe.