La Administración asturiana ha quedado obligada a modificar el mecanismo con el que sistemáticamente comprobaba los valores de los inmuebles que los contribuyentes declaran al pagar los impuestos de sucesiones y donaciones o de transmisiones patrimoniales. Una sentencia del Tribunal Supremo del pasado mayo determinó, al pronunciarse sobre un caso de Castilla-La Mancha, que el procedimiento utilizado por esa región y por otras como Asturias (multiplicar el valor catastral por un coeficiente que varía según cada concejo, sin inspección ni evaluación más concreta de la propiedad) "no es idóneo ni adecuado" si no va a acompañado de una tasación específica. Esto es, si, por ejemplo, los funcionarios no visitan la vivienda y hacen una valoración singular.

La consejera de Hacienda, Dolores Carcedo, declaró ayer que, desde que se hizo pública tal sentencia, el Principado sigue aplicando el sistema de coeficientes, pero "sólo" para obtener "valores de referencia", presumiblemente como paso previo a la elaboración de exámenes periciales específicos si se aprecian diferencias significativas entre el valor declarado y el que resulta con el método de coeficientes. Según esta versión, el sistema anulado por el Supremo no se estaría usando como hasta ahora para verificar de manera instantánea los valores y exigir, en función de sus resultados, el pago de liquidaciones adicionales de los impuestos. El procedimiento de valoración de inmuebles es de capital importancia para fijar la cuantía de los tributos a pagar cuando se hereda o se vende una casa o cualquier otro bien inmueble.

Carcedo respondió en el pleno de la Junta General a una pregunta sobre este asunto del portavoz de Foro, Pedro Leal, quien sostuvo que el Principado está incumpliendo el criterio del Supremo. Leal señaló que el método que estima el valor de los inmuebles multiplicando el catastral por un coeficiente "no es ajustado a derecho, salvo que se complemente con una comprobación directa", algo que en Asturias "no se hace", según su versión.

El diputado forista destacó que la doctrina del Supremo obliga a realizar para cada inmueble una tasación "concreta, singular y específica". Añadió que el hecho de que se sigan calculando los valores de los inmuebles con el método de coeficientes fuerza a los administrados a pleitear contra la Administración y a presentar "periciales contradictorias", lo que supone un desembolso económico que lleva a las personas con menos recursos a "renunciar a las herencias".

La sentencia del Supremo, además de tumbar el sistema de coeficientes, traslada a la Administración, y no al contribuyente, la obligación de demostrar, con tasaciones específicas y motivadas, que el valor declarado es inferior al real.