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El enredo de las hipotecas: la alternativa de otra socialización de daños

El poder de mercado permite a la banca repercutir costes y, en caso de retroactividad, todos los ciudadanos habrían acabado asumiendo la factura

Desde la entrada en vigor hace un cuarto de siglo de la actual legislación sobre el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, el tributo que grava las hipotecas lo pagaron, como en otros países con figuras impositivas análogas, los clientes y no la banca.

Las tres sentencias del Supremo del 18 de octubre (que impusieron su pago a los bancos) y la decisión ahora del Gobierno en el mismo sentido, orillando así la insólita rectificación del alto tribunal de anteayer, abre la sospecha fundada de que el poder de mercado de la banca (y más tras la descomunal concentración vivida en el sector desde 2010 con las fusiones) permita a las entidades repercutir a sus clientes el sobrecoste fiscal cargándolo en las condiciones contractuales de los futuros préstamos hipotecarios. Como en otros negocios e industrias, el alza de costes acaba casi siempre en subidas de precios.

La retroactividad del pago del tributo por la banca, cuya posibilidad se ha debilitado tras la controvertida decisión del pleno de la sala de lo contencioso-administrativo del Supremo, hubiese beneficiado a los titulares de hipotecas firmadas desde octubre de 2014 (y quizá de los últimos quince años) pero hubiese producido una nueva socialización de pérdidas. La factura (muy cuantiosa) la habrían acabado pagando todos los ciudadanos.

Y ello porque las entidades habrían tratado también de transferir esos costes sobrevenidos a todos sus clientes, y tanto a los peticionarios de crédito como a los depositantes. Porque la devolución por las haciendas autonómicas de 5.000 millones a los contribuyentes que pagaron el impuesto en los últimos cuatro años (periodo de prescripción fiscal) hubiese supuesto una desviación al alza del déficit público español (que ya es el mayor de Europa y el único que en 2017 vulneró el Pacto de Estabilidad y Crecimiento de la UE) en 4 ó 5 décimas de PIB, lo que hubiese conllevado posibles recortes de gasto o subidas tributarias.

Porque jurídicamente hay dudas de que las autonomías pudiesen resarcirse reclamando esos 5.000 millones a los bancos con carácter retroactivo, dado que éstos cumplieron la ley que les fue impuesta y no fue decisión suya que el cliente pagara el tributo, por lo que el déficit público resultante sería asumido por todos los ciudadanos. Y, de tener que hacer los bancos ese desembolso, y máxime si fuesen condenados a resarcir a sus clientes por el impuesto de las hipotecas pagado por éstos en los últimos quince años, y que suman más de 25.000 millones, lo previsible es que las entidades financieras demandarían al Estado por responsabilidad patrimonial en la medida en que fue el Fisco quien ingresó el dinero (no la banca) y había sido el legislador quien decidió que lo pagaran los clientes.

Un coste de 25.000 millones superaría el impacto de la crisis de Bankia (que puso a la economía española al borde del desastre) y equivaldría a más de la mitad del rescate a España en 2012, que sumó 46.000 millones.

La merma de beneficios de la banca también repercutiría en una menor recaudación del sector público a través del impuesto de sociedades que pagan los bancos.

Al final todos los contribuyentes correrían con los gastos. Y habría un colectivo especialmente dañado: los 9 millones de españoles con ahorro en Bolsa de forma directa o a través fondos de inversión y fondos de pensiones. La banca arrastraría al Ibex 35.

Aun hay otro coste no menor para el conjunto de la sociedad: el deterioro reputacional de la Justicia en los últimos quince días.

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