¿Cómo reclamar el IRPF de la prestación de maternidad y paternidad?
Las prestaciones de 2014 y 2015 se pueden reclamar desde este lunes; las de 2016 y 2017, a partir de enero
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha dicho que a partir de este 3 de diciembre a la tarde estará disponible el documento para solicitar la devolución del IRPF de las prestaciones de maternidad y paternidad y que prevé que el próximo mes de abril ya estén todas abonadas.
¿Cómo reclamar el IRPF?
La solicitud se deberá de hacer mediante un formulario a través de la página web de la Agencia Tributaria y, tal como ha adelantado Montero, solo se deberá introducir el año en que se percibió la prestación y el número de cuenta bancaria en donde se realizará la devolución.
Se podrá acceder desde los mismos canales que en la declaración de la Renta: RENO, clave pin y certificado electrónico.
Además de la solicitud online, también será posible descargar la solicitud en papel y presentarla en la oficina de la Agencia Tributaria que corresponda al contribuyente
El procedimiento, según ha explicado este lunes la ministra de Hacienda, "se ha querido simplificar y reducir el papeleo para que no se tenga que aportar la que ya está en posesión del Ministerio y garantizar una devolución ágil y rápida".
¿Quién puede solicitar la devolución?
En rueda de prensa, la ministra ha explicado que la devolución se llevará a cabo en dos fases, de forma que los padres de niños nacidos en 2014 y 2015 podrán solicitar la devolución del IRPF de la prestación desde hoy, y los que tuvieron su hijo en 2016 y 2017, lo harán a partir de enero.
¿Cuánto me pueden llegar a devolver?
Según ha señalado la titular del Ministerio en rueda de prensa, el Gobierno ha hecho una lectura de la sentencia "amplia y generosa". El coste total ascenderá entorno a los 1.200 millones de euros y la devolución media por maternidad será de 1.600 euros, mientras que la de paternidad rondará los 383 euros.
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