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La jubilación parcial que entra en vigor en la industria, más restringida que la vieja

Los relevos, utilizados con profusión en Asturias, se limitan a trabajos con esfuerzo físico y el tiempo mínimo de cotización aumenta a 33 años

La jubilación parcial que entra en vigor en la industria, más restringida que la vieja

La industria manufacturera es el único sector donde la jubilación parcial con contrato relevo aún podrá realizarse en condiciones favorables en este año que entra. Presionado por la potente industria automovilística, el Gobierno ha hecho una excepción con el sector transformador y grandes empresas asturianas como Arcelor-Mittal, que inicia ahora la negociación de su nuevo acuerdo marco, podrán seguir utilizando esta fórmula para rejuvenecer su plantilla y favorecer el relevo generacional hasta 2023. No obstante, y pese a lo anunciado por el Ministerio de Industria, las condiciones no serán iguales a las de la regulación previa a la reforma de 2011, cuya vigencia se prorrogó hasta el fin de 2018 en las empresas en las que ya hubiera planes de jubilación parciales. Eran más de 800 empresas en Asturias.

Con la entrada del nuevo año la vía de la jubilación parcial a partir de los 61 años se ha cerrado para miles de asturianos al endurecerse los costes de cotización. Las medidas de fomento de la competitividad industrial aprobadas por decreto por el Gobierno y convalidadas por el Congreso abren una excepción para la industria manufacturera,pero no obstante las condiciones son más restringidas:

Sólo trabajos físicos. Para acceder a la jubilación parcial en esas condiciones favorables el trabajador debe realizar funciones que requieran esfuerzo físico o alto grado de atención en tareas de fabricación, elaboración o transformación, así como en las de montaje, puesta en funcionamiento, mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo industrial en empresas clasificadas como industria manufacturera. Por lo tanto, el personal de oficina, por ejemplo, queda excluido.

Más tiempo de cotización. Hasta la reforma de 2011 los trabajadores que quisieran acceder a la jubilación parcial debían acreditar 30 años de cotización. Con la reforma del Gobierno del PP se elevó hasta los 33 y ahora, pese a la promesa del Gobierno de volver a la situación anterior en el caso de la industria manufacturera, se mantienen los 33 años.

Seis años de antigüedad. El trabajador que solicite el acceso a la jubilación parcial debe acreditar un periodo de antigüedad en la empresa de, al menos, seis años inmediatamente anteriores a la petición.

Menor reducción de jornada. Hasta la reforma del PP, la reducción de jornada de trabajo para el jubilado parcial era de entre un mínimo del 25% y un máximo del 75% de la jornada, que se elevaba hasta el 85% si el trabajador relevista era contratado a jornada completa mediante un contrato de duración indefinida. Ahora la reducción de jornada pasa a ser de entre el 25% y el 67% y se eleva hasta el 80% cuando el relevista entra con contrato indefinido.

Trabajadores indefinidos. Para que se puedan aprobar jubilaciones parciales en una industria, el porcentaje de empleados cuyo contrato de trabajo sea indefinido debe superar el 70% del total de la plantilla.

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