El Juzgado de lo mercantil número 6 de Madrid ha dictado una sentencia en la que prohíbe a la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado comercializar décimos de Lotería Nacional a través de su página web por considerarlo "competencia desleal" respecto a las administraciones de loterías. Así lo pone de manifiesto el magistrado Francisco Javier Vaquer en el fallo, al que ha tenido acceso Europa Press, y en el que ha estimando parcialmente la demanda presentada por la Plataforma Juego Limpio de Administraciones de Loterías, que integra a 200 loteros de toda España.

Según el magistrado, Loterías y Apuestas del Estado ha cometido actos de competencia desleal tipificados en el art. 16.2 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal. La sociedad estatal no valorará este fallo hasta que haya una sentencia firme.

El juez condena al grupo público a "cesar y abstenerse de reiterar en el futuro la conducta desleal consistente en la vulneración de los derechos legales y contractuales de sus puntos de venta integrales (administraciones de loterías) mediante la venta directa a través de la página web del billete o décimo de la lotería nacional, sea en resguardo, sea en soporte pre-impreso denominado 'billete azul' o sea en soporte digital asociado a un usuario/adquirente identificado, discriminando a dichos puntos de venta integrales en lo relativo a la atribución de las comisiones por criterios geográficos".

Se trata de la primera vez que los tribunales fallan a favor de loteros, quienes vienen denunciando que se han ido quebrando las condiciones de sus contratos en exclusiva para vender lotería y de las normas que les protegían por su dependencia económica de Loterías y Apuestas del Estado.

"Para nosotros es un triunfo. Somos la primera asociación de loteros que gana en tribunales", comentó José Carlos Escrig, presidente de la Plataforma Juego Limpio. Y añadió: "Vamos a continuar hasta la última instancia". Loterías y Apuestas del Estado presentará recurso contra la decisión del juez mercantil.