Correos ha tenido que reforzar su plantilla de cara a las Elecciones Generales del próximo 28 de abril. En concreto, ha lanzado 4.500 contratos de refuerzo durante la campaña electoral para agilizar el voto por correo.

Las labores de los nuevos empleados serán tanto de reparto como de atención en la oficinas de Correos. Los puntos donde se ha registrado mayor afluencia de solicitantes tendrán ventanillas exclusivas y refuerzos de plantilla mayores que las sucursales más modestas. Al margen de esta selección de personal, Correos sigue adelante con sus oposiciones (en este enlace te contamos la última información sobre las pruebas).

Los contratos estarán sujetos al tiempo que dure el coto por correo. El período de solicitud de voto por correo termina el próximo 18 de abril. A partir de entonces las oficinas abrirán en toda España, aunque sea festivo, en su horario habitual para tramitar los votos.

Cómo votar por Correos

Los ciudadanos que quieran votar por correo en los citados procesos electorales pueden solicitar hasta el día 18 de abril (inclusive), en cualquier oficina de Correos de España, el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral. La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia.

Esta solicitud debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad -acreditada mediante certificación médica oficial-, que le impida la formulación personal de dicha petición, en que podrá ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente. En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales.

Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, tras comprobar la inscripción de los solicitantes en el censo, remiten los envíos con la documentación electoral a la dirección indicada por el elector en la solicitud, con carácter certificado y urgente. Estos envíos se han empezado a realizar a partir del día 8 de abril y finalizarán el día 21 de abril, de acuerdo con el calendario establecido.

El solicitante tiene de plazo hasta el miércoles 24 de abril, para depositar el sobre con su voto en cualquiera de los cerca de 8.600 puntos de admisión con que cuenta la Sociedad Estatal en toda España. Se da la circunstancia de que los días 22 y 23 de abril son festivos en varias Comunidades Autónomas por lo que se recomienda a los ciudadanos que deseen ejercer su derecho al voto por correo que procuren no esperar hasta el último día y que aprovechen la amplitud horaria de las oficinas postales.