El Consejo de Ministros aprobó ayer el real decreto-ley que regula las condiciones laborales de los repartidores a domicilio por parte de las plataformas digitales, la conocida como ley de “riders”, por la que se obligará a contratar a estos trabajadores como asalariados en un plazo máximo de tres meses a partir de la publicación en el BOE.

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, destacó que la ley “va a cambiar el signo de los tiempos” y sitúa a España en la vanguardia de la legislación internacional en esta materia, pues “no hay ningún país en el mundo que se haya atrevido a legislar sobre esto”. El decreto afecta a las relaciones laborales entre las plataformas dedicadas al reparto o distribución de cualquier producto y sus trabajadores, es decir, que no afecta sólo a las empresas de reparto de comida a domicilio como Glovo, Uber Eats o Deliveroo, empresas que criticaron ayer la medida por considerar que pone “en riesgo” el desarrollo del sector.

La norma reconoce la presunción de laboralidad de los trabajadores en línea con la sentencia que dictó el Tribunal Supremo en septiembre de 2020, en la que establecía que los repartidores son trabajadores por cuenta ajena y no autónomos. El decreto también contempla que la representación legal de los trabajadores deberá ser informada de las reglas que encierran los algoritmos y los sistemas de inteligencia artificial de las plataformas que pueden incidir en las condiciones laborales. Un comité de expertos asesorará al Gobierno para estudiar “con tranquilidad” el bueno uso de los algoritmos.

El decreto fue calificado por los sindicatos de paso adelante, pero consideran que se debe ir “más allá”. Parte de los repartidores lo rechazan, quieren ser autónomos, y organizaron ayer protestas en varias ciudades, entre ellas Oviedo.