El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por la empresa de entrega de comida Deliveroo contra una sentencia de enero de 2020 –que calificó a más de 500 de sus repartidores en Madrid como “falsos autónomos”– y ha confirmado sus conclusiones. El fallo destaca recuerda que el Supremo ya unificó doctrina en septiembre de 2020, cuando dictaminó en un caso similar –aunque entonces el denunciado era Glovo– que la relación entre estas plataformas y sus “riders” tiene en realidad naturaleza laboral.