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Estos son los defectos en el ABS o en los espejos retrovisores que impiden pasar la ITV a partir de ahora en Asturias

Entra en vigor en las nueve estaciones del Principado el nuevo procedimiento de inspección de vehículos, que amplía los fallos graves

ITV

Las nueve estaciones de inspección técnica de vehículos (ITV) de Asturias aplican desde mañana un nuevo procedimiento de revisión que tendrá, como principales novedades, que los defectos en el sistema antibloqueo de frenos (ABS) o en la sujeción de los espejos retrovisores comenzarán a considerarse como graves, por lo que generarán un rechazo de la inspección.

Mañana entra en vigor la nueva revisión del Manual de Procedimiento de ITV –la versión 7.5.0.– que incorpora cambios reglamentarios para adecuar la inspección técnica de vehículos a las nuevas tecnologías y además se especifican de una manera más precisa algunos procesos de revisión para los operadores de ITV.

Desde la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV), organización a la que pertenece Inspección Técnica de Vehículos Asturias (ITVASA), destacaron que las principales diferencias que notarán los conductores que vayan a las estaciones a partir ahora son:

ABS

Cambia la gravedad del defecto de no funcionamiento del ABS cuando no es obligatorio llevarlo. A partir de ahora, que el sistema antibloqueo de frenos presente algún tipo de fallo pasa de considerarse un defecto leve a un defecto grave, lo que genera un rechazo de la inspección e inhabilita al vehículo para circular por las vías públicas excepto para su traslado al taller. Luego debe volver a la estación para someterse a una nueva inspección en un plazo no superior a dos meses.

Espejos retrovisores

El posible desprendimiento de los espejos retrovisores también empieza a ser considerarse como un defecto grave que impide pasar la inspección.

Permiso de circulación

Se establece la posibilidad de comprobar los datos del permiso de circulación por medio del Registro General de Vehículos de la DGT en caso de no ser presentado éste en la estación ITV.

Efectos del “Brexit”

A partir de ahora, en el caso de los vehículos procedentes de Reino Unido que se quieran matricular en España se considerarán vehículos procedentes de terceros países (países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo). Por lo tanto, a partir de esa fecha, requerirán cumplir todos los requisitos necesarios para la matriculación de estos tipos de vehículos y deberán realizar los trámites de importación necesarios. Además, las homologaciones de vehículos otorgadas por el Reino Unido no tendrán validez como homologación europea perdiendo todos los beneficios que ello supone desde el punto de vista de documentación y simplicidad de tramitación.

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