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El juez falla a favor de UGT Asturias y anula el reintegro de una ayuda para cursos

La subvención era de 2011, en el periodo de la investigación al sindicato por posible fraude

El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Oviedo ha estimado un recurso presentado por UGT de Asturias contra una resolución del Principado en la que se exigía al sindicato la devolución de 31.412 euros al considerar que no había justificado correctamente parte de los gastos de unos cursos de formación. En concreto se trata de gastos en material didáctico que el juez sí considera subvencionables. Las ayudas se corresponden al año 2011, dentro del periodo 2010-2014 investigado por otro juzgado por presunto fraude en subvenciones del sindicato.

“Se trata de una sentencia relevante, por cuanto deja en evidencia que UGT Asturias realizó las acciones formativas de la convocatoria de 2011 conforme a Derecho, destinando la subvención recibida a los fines de la misma, y en los términos y condiciones que la Administración pública había establecido”, señalaron ayer fuentes de UGT de Asturias, que destacaron el “minucioso trabajo” del sindicato en esta materia.

El Servicio de Empleo del Principado había exigido a UGT de Asturias el reintegro de 71.869 euros de unas subvenciones de 835.497 euros destinadas a cursos de formación de 2011 al considerar que había gastos sin justificar correspondientes a material didáctico y fungible que la adjudicataria de los cursos IFES –fundación vinculada al sindicato– adquirió a sociedades como Formación 2020 –también vinculada a UGT–. Tras un recurso del sindicato en vía administrativa, el Principado redujo la cantidad reclamada a 31.412 euros. Disconforme, UGT de Asturias presentó demanda en el Juzgado de los Contencioso-Administrativo, que ha dado la razón al sindicato al considerar que los gastos incurridos por la subcontrata IFES podían ser consideradas como gastos subvencionables y que no era admisible que se justificaran con las mismas formalidades los costes en los que incurrió IFES con sus proveedores. Por ello, la sentencia anula el reintegro de la ayuda e impone las costas del recurso al Principado.

“Cabe entender las discusiones administrativas reflejadas en esta sentencia como un paso más de cualquier justificación administrativa y de cómo se deberían dirimir todas aquellas convocatorias que están ejecutadas y auditadas por los organismos correspondientes”, señalaron fuentes de UGT de Asturias.

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