El Tribunal Supremo ha aclarado que la absolución a los 34 acusados del caso Bankia, entre los que se encuentra su expresidente Rodrigo Rato, no afecta a las demandas civiles presentadas por los inversores a raíz de la salida a Bolsa y que aún hoy, una década después, se dirimen en los juzgados. En una sentencia reciente, la sala de lo Civil estima el recurso de un matrimonio que realizó varias compras de acciones –también en el mercado secundario–, siempre en el tramo minorista, y recalca que se debe a una exigencia de responsabilidad por folleto que nada tiene que ver con la vía penal. Los demandantes invirtieron 15.000 euros en acciones de la salida a Bolsa de Bankia, celebrada el 20 de julio de 2011.