El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación interpuesto por el Banco Santander contra una sentencia de la Audiencia Provincial que anuló el contrato suscrito por un vecino de Luarca con el extinto Banco Popular para financiar un préstamo para adquirir, en la ampliación de capital, derechos y acciones valorados en 120.000 euros, y que derivó en el embargo de sus cuentas, entre ellas su pensión. La Audiencia sostuvo que la información incluida en el folleto de la ampliación de capital no permitía al cliente conocer su verdadera situación.