Susto para los jubilados: la llamada de la Agencia Tributaria que vana recibir los pensionistas a partir de abril por la declaración

La Agencia Tributaria comenzará a llamar a los contribuyentes a partir del 7 de mayo desde el teléfono 810 520 052

Susto para los jubilados: la llamada de la Agencia Tributaria que vana  recibir los pensionistas a partir de abril por la declaración

María González Falcó / Manuel Riu

La campaña para liquidar el IRPF y el impuesto de patrimonio correspondientes al ejercicio 2024 arrancará el próximo 2 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio, de acuerdo al calendario del contribuyente disponible en la página web de la Agencia Tributaria.

El plazo de presentación de las declaraciones de la renta comenzará el 2 de abril para los contribuyentes que lo hagan por internet, ya sea a través del programa Renta Web o a través de la aplicación móvil de la Agencia tributaria. Los contribuyentes que opten por presentar su liquidación por teléfono podrán hacerlo a partir del 6 de mayo y mientras que quienes prefieran hacerlo de manera presencial en oficinas tendrán que esperar hasta el 2 de junio.

El plazo de presentación de las declaraciones finaliza en todos los casos el 30 de junio, salvo para aquellas cuyo resultado sea a ingresar y quieran domiciliarse, que tendrán que estar entregadas el 25 de junio. En la campaña de la renta de 2024 estarán obligados a presentar declaración los contribuyentes que hayan obtenido rentas del trabajo superiores a 22.000 euros de un pagador o de 15.876 euros de dos o más pagadores, así como aquellos que hayan estado dados de alta como autónomos o que hayan percibido prestación de desempleo, entre otros supuestos. Este año, Hacienda tiene previsto devolver entre 400 y 900 euros a un amplio grupo de contribuyentes. Una medida que afectará a millones de personas pero que está generando expectación y dudas sobre quiénes serán los beneficiarios y cómo se calculará esta devolución.

Hasta ahora, los contribuyentes a los que la declaración resultaba a pagar, en torno a 1 de cada 3 estaban limitados a hacerlo mediante domiciliación bancaria. Con la incorporación de los nuevos sistemas como Bizum y el pago con tarjeta, la Agencia Tributaria permite ampliar las opciones disponibles y adaptarse a las tendencias tecnológicas actuales.

Además existe una ayuda para los mayores a la hora de hacer la delcaración. Tal y como informan desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), puedes recurrir al plan "Le Llamamos" de la Agencia Tributaria y contar con la ayuda de un gestor de Hacienda, que te hará la declaración gracias a los datos que intercambiéis en una conversación telefónica programada (el gestor, además, dispone de toda la información que Hacienda tiene de ti). Para poder disfrutar de este servicio es necesario solicitar cita previa. Puedes hacerlo desde el 29 de abril y hasta el 28 de junio:

  • En la web de la AEAT  o en el APP de la AEAT. Tendrás que facilitar un número de teléfono de contacto, español o extranjero (en este caso, con el prefijo del país) e indicar si deseas recibir un aviso recordatorio de la cita por SMS en el teléfono anterior o en una cuenta de correo electrónico. Puedes seleccionar el turno de mañana o de tarde y después escoger el día de la cita entre los disponibles en ese momento (días en color azul).
  • Por teléfono llamando a los teléfonos: 91 535 73 26 y 901 12 12 24 (servicio automático) o 91 553 00 71 y 901 22 33 44 (atención personal de 9 a 14 horas de lunes a viernes).

La Agencia Tributaria comenzará a llamar a los contribuyentes a partir del 7 de mayo desde el teléfono 810 520 052 al número de teléfono facilitado (o desde el 917 276 222 si se facilitó un número de teléfono extranjero). Guarda el teléfono de Hacienda en tu agenda para identificar las llamadas de la Agencia Tributaria. No atiendas llamadas de otros números de teléfono, llamadas ocultas o mensajes de WhatsApp, Telegram, etc., que se identifiquen como de la Agencia Tributaria en relación con la Campaña de la Renta.

Para cuando te llame Hacienda, debes tener lista la documentación necesaria, porque, como mínimo, deberás facilitar estos datos:

  1. El número de referencia del titular o titulares de la declaración, que puedes obtener online. También puedes identificarte, si estás registrado en Cl@ve PIN, pero deberás tener a mano el móvil que comunicaste al registrarte.
  2. El número del DNI de todos los que figuren en la declaración.
  3. El número IBAN de cuenta bancaria.
  4. Las referencias catastrales de todos los inmuebles de tu propiedad o en el que vivas de alquiler o en otras circunstancias, que encontrarás en el recibo del IBI.
  5. Además, necesitarás toda la documentación que te pidan si has tenido rentas del trabajo, seguros, cuentas bancarias, algún inmueble alquilado, o si has obtenido alguna ganancia de patrimonio, así como los justificantes si tienes derecho a aplicar cualquier deducción o beneficio fiscal.
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