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Aviso a los trabajadores que hicieron la mili y están cerca de jubilarse: los años cotizados que le corresponden para cobrar la pensión por el servicio realizado

Muchos nuevos jubilados tuvieron que pasar en su época joven por el servicio militar obligatorio, popularmente conocido como "la mili". ¿Qué pasa entonces con ese periodo en el que muchos tuvieron que aparcar sus trabajos para acudir a este destino?

Aviso a los trabajadores que hicieron la mili y están cerca de jubilarse: los años cotizados que le corresponden para cobrar la pensión por el servicio realizado

Aviso a los trabajadores que hicieron la mili y están cerca de jubilarse: los años cotizados que le corresponden para cobrar la pensión por el servicio realizado

Este 2025 son muchos los trabajadores que ya tienen la deseada jubilación al alcance de la mano. Los trabajadores que planeen jubilarse a partir del 1 de enero de 2026 deben tener en cuenta que la Seguridad Social aplicará ajustes en los requisitos, con especial incidencia en aquellos que no alcancen el periodo mínimo de cotización exigido.

Esta actualización, prevista en la Ley 27/2011 y ratificada por el Real Decreto-ley 2/2023, responde a la necesidad de garantizar la sostenibilidad de un sistema que afronta la presión del envejecimiento poblacional. A partir de 2026, la edad legal de retiro se situará en un esquema doble en función de los años cotizados.

Quienes acrediten al menos 38 años y 3 meses podrán acceder a la pensión a los 65 años. En cambio, los trabajadores que no alcancen esa cifra deberán esperar hasta los 66 años y 10 meses para poder jubilarse.

Desde la Asociación Profesional del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social, explican que para aquellas personas que deseen jubilarse en 2026, la edad ordinaria de jubilación serán 66 años y diez meses en caso de que hayan cotizado menos de 38 años y 3 meses, y de 65 años en caso de contar con 38 años y 3 meses o más de cotizaciones.

Tabla de la cuantía de las pensiones en 2026: cuánto cobrarás según tu tipo de prestación

PI STUDIO

Muchos nuevos jubilados tuvieron que pasar en su época joven por el servicio militar obligatorio, popularmente conocido como "la mili". ¿Qué pasa entonces con ese periodo en el que muchos tuvieron que aparcar sus trabajos para acudir a este destino?

Desde Mapfre matizan que "la mili- no te permitirá sumar tiempo de cotización, si aspiras a una pensión contributiva por una jubilación ordinaria. El momento en el que te jubiles y por lo tanto el tipo de jubilación al que aspiras determinará si el servicio militar es o no, tiempo efectivo de cotización a la seguridad social".

La Seguridad Social estipula de forma concreta y oficial cómo y cuándo los meses de mili obligatoria de los españoles son tiempo útil de cotización: “Los periodos de servicio militar o prestación social sustitutoria sólo se computan para alcanzar el período de cotización específico en el caso de jubilación anticipada, voluntaria o involuntaria, y con el límite máximo de un año”.

La jubilación antes de la edad ordinaria mínima estipulada es posible siempre que el beneficiario cumpla con una serie de condiciones. Una de ellas es acreditar un periodo mínimo de cotización efectiva en la Seguridad Social y es aquí donde los meses de servicio militar obligatorio pueden servirte de ayuda y marcar la diferencia en tu expediente de jubilación.

Con la normativa vigente en abril de 2018, la jubilación antes de tiempo voluntaria exige –entre otros requisitos- la acreditación de un periodo mínimo de 35 años. A estos efectos y de forma exclusiva, explican desde la entidad pública

“Se computará el período de prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria, con el límite máximo de un año”.

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