Separado y con hijos: Hacienda devuelve paga hasta 1.200 euros a uno de los progenitores
El cambio Hacienda que proporciona hasta 100 euros al mes

Separado y con hijos: Hacienda devuelve paga hasta 1.200 euros a uno de los progenitores
Una separación de una pareja o matrimonio con hijos de por medio conlleva una serie de características a tener en cuenta a la hora de hacer diferentes gestiones. Una de ellas es la declaración de Hacienda y qué beneficios o deducciones puede tener el progenitor, dado que, en ocasiones y según cómo haya sido la separación o divorcio, solo afecta a uno de los padres.
Tal y como explican desde CaixaBank, lo primer que hay que hacer tras la separación es comunicar los cambios a Hacienda. Antes de pasar a resolver dudas concretas, conviene tener claro que siempre hay que dejar constancia de cualquier cambio de la situación personal y familiar que se haya producido durante el ejercicio para el cual se presentará la declaración de la renta. ¿Qué significa esto? Por ejemplo, que es necesario especificar en el modelo 145 —el que permite a las empresas saber qué retenciones deben efectuar en el IRPF— si ha cambiado nuestro estado civil —como ocurre en los casos de separación o divorcio—, si se ha tenido un hijo o si sobreviene una discapacidad. También habrá que actualizar la información personal y familiar en el modelo 100, que es el que se presenta para la declaración de la renta. Hay que tener en cuenta que la situación personal y familiar de las personas determina la aplicación de reducciones y deducciones en la declaración de la renta. Por ejemplo, las personas con hijos menores de 25 años tienen la posibilidad de aplicarse el mínimo por descendientes en su declaración de la renta. Ese mínimo es la cantidad que Hacienda considera imprescindible para cubrir las necesidades de los hijos y que está exenta de tributar por el IRPF".
Como presentar la declaración conjunta un año no determina quién la deberá presentar el siguiente, es posible establecer distintos acuerdos. Por ejemplo, turnarse en la presentación de la declaración conjunta: un progenitor lo puede hacer en los años pares y el otro, en los impares. Si uno de los dos no trabaja, también puede acordarse que, mientras no acceda a un empleo, presente la declaración conjunta con los hijos el progenitor que sí lo haga, si resulta fiscalmente conveniente. Si no hay acuerdo, hay que recordar que Hacienda no permite presentar dos declaraciones conjuntas con los hijos, así que, en estos casos, lo mejor es tributar de manera individual para evitar posteriores problemas.
La Agencia tributaria cuenta con una deducción por ascendiente con dos hijos separado o sin vínculo matrimonial. Esta deducción corresponde si eres un ascendiente separado legalmente, o sin vínculo matrimonial, con dos hijos siempre que los hijos no tengan derecho a percibir anualidades por alimentos; tengas derecho a la totalidad del mínimo por descendiente y, además de todo lo anterior cumplas uno o varios de los siguientes requisitos:
- Realices una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estés dado de alta en la Seguridad Social o Mutualidad.
- Percibas prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protección del desempleo.
- Percibas pensiones abonadas por la Seguridad Social o por Clases Pasivas.
- Seas un profesional no integrado en el RETA y percibas, de las mutualidades de previsión alternativas, prestaciones análogas a las anteriores.
Esta deducción es incompatible con la deducción por familia numerosa y el importe máximo es de 1.200 euros anuales (100 euros al mes).
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