Buenas noticias para los trabajadores que hayan cotizado menos de 25 años: la Seguridad Social beneficia con años de cotización para que la pensión total no baje
Una medida que beneficiará a muchas personas

Buenas noticias para los trabajadores que hayan cotizado menos de 25 años: la Seguridad Social beneficia con años de cotización para que la pensión total no baje
Buenas noticias en cuanto al tiempo de cotización se refiere. Mediante su sentencia del 22 de junio del pasado año la Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha sentado una doctrina que afecta a una parte de las mujeres solicitantes del subsidio por desempleo para mayores de 55 años (muchas veces identificado como “de prejubilación”). Se trata de que si no estaban trabajando cuando alumbraron a sus descendientes, por cada uno de ellos habrá que simular que cotizaron durante 112 días.
El problema surgía porque el artículo 235 LGSS establece ese beneficio (“cotizaciones ficticias”) solo “a efectos de las pensiones contributivas de jubilación y de incapacidad permanente”, no de desempleo. Por su lado, para cobrar este subsidio es necesario que la persona acredite haber cotizado a lo largo de su vida al menos durante seis años por desempleo. En el caso ahora resuelto eso se cumpliría solo si a la mujer solicitante se le tuvieran en cuenta esas cotizaciones “ficticias” por nacimiento de hijo. Para resolver la cuestión, el TS pasa revista a la naturaleza del referido subsidio (próximo a una verdadera pensión), a su finalidad (enlazar con la jubilación), a la conexión con la pensión de jubilación (puesto que el tiempo de subsidio cotiza a esos efectos), a las exigencias constitucionales (que reclaman especial protección en caso de desempleo) y a la incidencia del precepto en las mujeres que han visto dificultado su acceso al mercado laboral (“perspectiva de género”). Desde esa atalaya concluye que, a efectos del subsidio por desempleo para mayores de 55 años, los periodos de cotización asimilados por parto (art. 235 LGSS) han de tomarse en cuenta para comprobar si se cumplen los requisitos de carencia (cotización mínima) tanto de la pensión de jubilación (quince años en total: art. 205.1.b LGSS) cuanto del propio subsidio (seis años por desempleo: art. 274.4 LGSS).
Además, si has trabajado menos de 25 años y crees que podría afectar a la cuantía de tu pensión, esto te interesa. Y es que la Seguridad Social sumará años de cotización sin trabajar para que la cuantía de la pensión no se vea perjudicada.
Esto se denomina integración de lagunas y lo que hace es cubrir los meses en los que no existió la obligación de cotizar dentro del periódo de cálculo de la pensión. Se trata de una medida incluida en la Ley General de la Seguridad Social, concretamente en el artículo 209.1.b. Y ten en cuenta que esta medida es para proteger la cuantía de la pensión, no para sumar años para alcanzar el mínimo exigido para jubilarse. La cuantía de la pensión se calcula sumando las bases de cotización de los últimos 25 años y dividiendo el resultado entre 350. Las bases de los dos años más cercanos a la jubilación se toman por su valor nominal, mientras que el resto se actualizan según la inflación para conocer su valor real. Por eso, si dejaste de trabajar en algún momento durante esos 25 años, se puede reducir la base reguladora media, con lo que la cuantía de la pensión se verá afectada.
Eso sí, no todos los trabajadores tienen derecho a esta integración de lagunas. Los autónomos, por ejemplo, está excluidos. Aunque hay una excepción, la ley contempla la integración de las lagunas de cotización durante los seis meses posteriores al cese de actividad. Tampoco pueden los trabajadores del Sistema Especial Agrario por cuenta ajena; y los empleados del hogar, durante el periodo transitorio hasta 2023, en el cálculo de sus pensiones de incapacidad permanente y jubilación.
- Alfredo Suárez y Flor Álvarez, presidente y consejera de Asturmadi Group: 'El mayor enemigo de un empresario es la vanidad porque va muy pegada a la soberbia
- El barrio gijonés de Cimavilla despide tras casi medio siglo a uno de sus negocios más históricos: 'Tengo una pena que me quiero morir
- Fallece un septuagenario de forma súbita mientras paseaba por la playa de San Juan, en Castrillón
- Lluvia de millones en Corvera: esta es la próxima inversión que recibirá el concejo (y supera a la de la ciudad deportiva del Avilés)
- Un edificio de Oviedo de la zona de la calle Uría y parque San Francisco esconde un palacete a la venta de dos plantas, 5 habitaciones, cuatro baños y terraza: este es el precio por el que puede ser tuyo
- Álvaro Platero, presidente y único accionista de Astilleros Gondán: 'Nos gusta lo que hacemos y dónde lo hacemos
- Francisco Rodríguez, fundador y propietario de Reny Picot: 'Los jóvenes empresarios tienen más medios y un mercado grande
- Fallece un pescador en Valdés, entre las playas de Barayo y Sabugo, tras caer al agua