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Hacienda lo confirma y fija la fecha en la que recibirás la devolución de la declaración de la Renta 2025 (y es unas semanas)

Si la declaración de la Renta sale a devolver, existen dos opciones para realizar el pago a Hacienda

Hacienda lo confirma y fija la fecha en la que recibirás la devolución de la declaración de la Renta 2025 (y es unas semanas)

Hacienda lo confirma y fija la fecha en la que recibirás la devolución de la declaración de la Renta 2025 (y es unas semanas)

El pasado 30 de junio finalizó la campaña de la Renta 2024 y son muchos los que esperan la devolución. La Agencia Tributaria ha devuelto ya 9.100 millones de euros a 12.577.000 contribuyentes al término de la campaña de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2024 (IRPF 2024), con un crecimiento de las devoluciones del 0,7% en número y del 5,8% en importe con respecto al cierre del año anterior, de tal forma que, a día de hoy se han abonado el 78,9% de las devoluciones solicitadas en número y el 66,5% de los importes a devolver que se han solicitado.

A la conclusión de la campaña se han presentado 24.570.000 declaraciones, un 2,3% más que el año pasado, de las cuales 15.932.000 con resultado a devolver y 6.934.000 a ingresar. Hacienda comienza a hacer las devoluciones 48 horas después de comenzar la campaña, aunque dispone de un plazo de seis meses desde el 30 de junio para finiquitarlas. Es importante hacerla cuanto antes, pues, por lo normal, cuanto antes se presente la declaración, antes se percibe el importe que corresponda.

Solo en el caso de que la declaración salga a devolver, lo más habitual es que Hacienda tarde no más de un mes en ingresar la cuantía al contribuyente. Esta devolución se llevará a cabo a través de la cuenta bancaria que figure en sus documentos. El hecho de realizar la declaración de forma telemática, ayuda a agilizar todo este proceso. Si se hace a través del borrador de Hacienda telemático, es imprescindible comprobar todos los datos, para, evitar así, posibles errores que demoren el trámite. Como hemos señalado, la Agencia Tributaria cuenta con un plazo límite de seis meses desde el 30 de junio para devolver las cuantías. Por lo tanto, los contribuyentes recibirán el dinero, sí o sí, antes de final de año. Si por un casual no reciben el dinero dentro de este período, Hacienda estará obligada a incluir en la devolución el conocido como "interés por demora". Este interés no necesitas reclamarlo, sino que deberán añadirlo de forma automática. Puede ser modificado cada año a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Si la declaración de la Renta sale a devolver, existen dos opciones para realizar el pago a Hacienda. O mediante un único pago o fraccionando el pago en dos partes.

En caso de fraccionamiento de pago, el primero se realiza tras la presentación de la declaración. El segundo pago puede realizarse mediante la domiciliación bancaria o con un ingreso y corresponde al 40% de la cantidad total, ya que en el primer pago se tuvo que abonar el 60%.

En cuanto al periodo de devolución, es importante destacar que el mes de diciembre representa así la finalización del plazo de la devolución de Hacienda: la fecha límite establecida es concretamente el 30 de diciembre de 2025.

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