Así es como se realiza una factura con Verifactu en la app de Hacienda paso a paso: imprescindible para los autónomos a partir del año que viene
Una medida de obligado cumplimiento

Así es como se realiza una factura con Verifactu en la app de Hacienda paso a paso: imprescindible para los autónomos a partir del año que viene / Freepik
Los sistemas de facturación de las empresas y los autónomos cambiarán a partir del año que viene. La intención es que Hacienda controle mucho más estas facturas y el modo de hacerlo es por Verifactu. Hacienda ya tiene la aplicación gratuita y una guía para saber cómo utilizarla, con la intención de que todos los que estén obligados a hacerlo sepan de antemano como va este sistema.
Para hacer una factura tendremos que acudir a "emisión de facturas", donde nos dará tres opciones, cumplimentar solicitud, firmar y enviar solicitud, y recibo de presentación.
Lo primero de todo es rellenar los datos de la persona que está obligada a emitir la factura. Estos datos ya aparecerán de forma automática si se ha completado la sección "mis datos".

Facturas. / Freepik
Si pulsas "mostrar detalle", podrás rellenar los datos del domicilio de la persona que emite la factura e indicar si se trata de una persona física o jurística. También tendrás que completar los datos del cliente. Aquí tienes dos opciones, rellenarlo a mano en "nuevo destinatario" o si ya está guardado en "gestión de clientes", seleccionarlo de ahí en "seleccionar destinatario".
También hay que rellenar los datos indentificativos de la factura y su clasificación, así como la descripción de la factura. Asimismo, habrá que introducir los datos de los productos o servicios que se incluyan en la factura. Los agustes de la factura también se podrán añadir.
Finalmente, habrá que validar y generar la factura. Si estás de acuerdo, en "firmar y enviar solicitud" podrás revisarlo todo y seguir adelante con el proceso. Por último, se te abrirá una ventana de confirmación, para terminar todo el proceso.
¿Y cuándo se pondrá en marcha?
Pues a partir del 1 de enero de 2026 para los obligados tributarios contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y antes del 1 de julio para las demás empresas y autónomos que utilicen sistemas informáticos de facturación.
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