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¿Tengo que hacerme cargo de las barandillas de los balcones en una comunidad de propietarios? Esto es lo que dice la ley

Una medida un tanto polémica

¿Tengo que hacerme cargo de las barandillas de los balcones en una comunidad de propietarios? Esto es lo que dice la ley

¿Tengo que hacerme cargo de las barandillas de los balcones en una comunidad de propietarios? Esto es lo que dice la ley / Freepik

¿Alguna vez has visto un edificio con balcones donde las barandillas de cada vivienda son distintas? ¿No, verdad? El propietario de la vivienda no puede cambiar a su antojo este elemento de la fachada pero, ¿tengo que hacerme cargo de su mantenimiento? Pues esto es lo que dice la ley al respecto.

Para comenzar hay que tener en cuenta lo que suponen las barandillas en los balcones. Por un lado son un elemento de seguridad y, por el otro, son un elemento estético. Y la ley de propiedad horizontal es muy clara con este elemento.

Un balcón.

Un balcón. / Freepik

Pues, por un lado, al tratarse de un elemento estético, se puede entender que es una zona común del edificio y por esa razón no podemos cambiarla a nuestro antojo.

Sin embargo, desde el punto de vista de la seguridad, el artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal, dice que corresponde al propietario su mantenimiento y no a la comunidad. Esto es, que el propietario tendrá que asumir los costes de reparación y pintura de las barandillas de sus balcones.

Acuerdo

Al menos así lo recoge la ley, otra cosa es que la comunidad alcance un acuerdo para reparar todas las barandillas a la vez, repartiendo el gasto entre todos los vecinos.

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