La Seguridad Social avisa a los trabajadores que entran en 2026 de baja: la razón por la que la empresa deja de cotizar por ti y tu contrato laboral se suspende
El puesto de trabajo queda en una "demora de calificación"

La Seguridad Social avisa a los trabajadores que entran en 2026 de baja: la razón por la que la empresa deja de cotizar por ti y tu contrato laboral se suspende
A la hora de solicitar una incapacidad temporal (la situación en la que se encuentra el trabajador cuando está imposibilitado temporalmente para trabajar y precisa asistencia sanitaria de la Seguridad Social) son beneficiarios los trabajadores afiliados y en alta, que tengan cubierto un periodo mínimo de cotización de 180 días dentro de los 5 años anteriores a la fecha de la baja, cuando ésta se deba a enfermedad común. En caso de accidente o enfermedad profesional no se exige periodo previo de cotización.
Eso sí, lo que el trabajador debe saber es que el tiempo máximo para una baja por enfermedad común o accidente es de 365 días, prorrogables por 180 días más si se prevé la curación. Una vez agotado este plazo de 545 días, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) decidirá si concede una prórroga excepcional o si se inicia un expediente para declarar una incapacidad permanente o se da el alta médica. Si se agota el plazo máximo, el INSS es quien toma la decisión. Las opciones son: Conceder una prórroga excepcional de hasta 6 meses más; iniciar un expediente para declarar una incapacidad permanente o dar el alta médica, si se ha producido la curación.
Es importante destacar que tras 545 días (18 meses) de baja médica, la empresa deja de cotizar por ti y tu contrato laboral se suspende, no se extingue; el INSS, Mutua o Seguridad Social debe iniciar un expediente de incapacidad permanente, pero mientras no haya resolución, se mantiene el pago directo de la prestación por IT (ahora pagada por la Seguridad Social/Mutua, no la empresa) y el puesto de trabajo queda en una "demora de calificación" hasta que se resuelva el expediente, normalmente en unos 90-135 días, aunque puede haber prórrogas.
Los problemas de salud mental y las algias (dolores como lumbalgias, dorsalgias o cervicalgias) explican más de dos tercios del incremento del indicador de absentismo laboral por incapacidad temporal (IT) en España entre 2018 y 2023, un periodo durante el cual las jornadas perdidas anuales han crecido un 1,5%, en el caso de los asalariados del Régimen General, según el Estudio socioeconómico sobre la evolución de la incapacidad temporal y la siniestralidad en España de Umivale Activa y el Instituto Valenciano de Investigaciones Económicas (Ivie).
Todas las patologías han evolucionado al alza en estos cinco años, pero el crecimiento más destacado corresponde a la salud mental, con un aumento del 88% en los días perdidos en Régimen General y del 75% en el de autónomos, mientras que las algias han sido el segundo diagnóstico que más ha crecido, manteniéndose como la principal causa de jornadas laborales perdidas por delante de las patologías relacionadas con la salud mental, que han desplazado a la traumatología como segunda causa. Según la sexta nota breve del estudio, centrada en el análisis y evolución de los diagnósticos en España, estos dos tipos de patologías, que son los que plantean mayores problemas en su objetivación, ya concentran el 51,1% de los días de baja de los asalariados del Régimen General y el 49% en el caso de los autónomos, y representan más de dos tercios del incremento del indicador de absentismo por IT en España entre 2018 y 2023.
El problema de la salud mental también se observa en los datos de incidencia, es decir el número de bajas por cada 1.000 trabajadores, ya que crece un 64% en el periodo, hasta alcanzar las 34,9 bajas por cada mil empleados en 2023.
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