De baja por ansiedad: le ponen un detective privado y lo cazan tomando cañas para despedirlo
La empresa aportó informe y vídeo de un seguimiento en una terraza: el tribunal considera que el consumo de alcohol era incompatible con el tratamiento y que podía “retrasar y perjudicar” la recuperación

De baja por ansiedad: le ponen un detective privado y lo cazan tomando cañas para despedirlo / LNE
Un comercial despedido mientras estaba de incapacidad temporal por ansiedad llevó su caso a los tribunales alegando, entre otros motivos, vulneración de derechos. Pero el Tribunal Superior de Justicia de Murcia confirmó este pasado año la decisión de la empresa: un detective privado lo grabó en varios días consumiendo cerveza con alcohol, algo que la sentencia vincula con la medicación pautada y con el deber de buena fe del trabajador durante la baja.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia ha confirmado la sentencia que dio por procedente el despido disciplinario de un trabajador de una empresa de maquinaria. El empleado, comercial con contrato indefinido desde 2018 y un salario mensual de 3.004,07 euros, recurrió en suplicación, pero el tribunal ratificó el fallo del Juzgado de lo Social nº 6 de Murcia, con opción de un recurso ante el Supremo.
El contexto del conflicto no era menor. Antes del cese, la empresa ya le había impuesto una sanción de empleo y sueldo de 15 días, que el trabajador impugnó y que un juzgado terminó reduciendo a 10 días. Poco después, el empleado inició una baja médica el 15 de diciembre de 2022 con diagnóstico de “ansiedad”, que se prolongó hasta el 23 de marzo de 2023.
Durante ese periodo, según recoge la resolución, el trabajador tenía tratamiento farmacológico pautado, con cambios de medicación en diferentes fechas. Y es aquí donde la empresa llevó al juicio un “informe de detective privado” y prueba videográfica sobre la conducta del trabajador en plena incapacidad temporal por ansiedad.
El seguimiento se centró en un establecimiento concreto de la región de Murcia. La sentencia da por probado que el 19 de enero de 2023, a las 12.10 horas, el actor estaba en la terraza “bebiendo una jarra de cerveza con alcohol”. Al día siguiente, 20 de enero, lo sitúa a las 13.46 horas sentado en un barril de cerveza con “dos envases vacíos” de quintos. Y el 25 de enero, entre las 13.14 y las 13.26 horas, se le ve consumir “dos jarras de cervezas con alcohol”.
En primera instancia, el juzgado rechazó la nulidad del despido por vulnerar derechos fundamentales al entender que lo planteado por el trabajador era “un mero juicio de valor” sin indicios. Y, sobre el fondo, consideró acreditado que consumir alcohol en esa situación era incompatible con el tratamiento y que esa conducta “retrasaría y perjudicaría su proceso curativo”, lo que el juzgado encuadró como “transgresión de la buena fe contractual”.
El recurso ante el TSJ se planteó con un objetivo muy concreto: el trabajador pidió modificar un hecho probado relativo a la medicación y, de forma subsidiaria, reprochó la valoración de la prueba sobre si aquello afectaba o no a su curación. Pero la Sala recuerda que el recurso de suplicación es “un recurso extraordinario” y que la revisión de hechos solo puede hacerse “a la vista de las pruebas documentales y periciales”, sin reexaminar todo lo visto en el juicio como si fuera una segunda primera instancia.
Con ese enfoque, el TSJ desestima el recurso y confirma el despido disciplinario. Con todo, la sentencia confirmada viene a dejar claro que si la empresa acredita con medios válidos —incluido un detective— una conducta que el tribunal considera incompatible con la situación de baja y con la recuperación, el despido puede sostenerse judicialmente, incluso cuando el trabajador intente discutir después el alcance clínico de lo ocurrido. Y una baja por ansiedad, algo bastante frecuente, puede ser incompatible con una rutina de tomar alcohol.
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