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Hacienda ya vigila a los profesores particulares o aquellas personas que hacen trabajos puntuales: inspección y multas de 200 euros

Una persona que alquila durante el verano una habitación de su vivienda también está vigilado

Una persona hace el borrador de su declaración de la renta en un ordenador.

Una persona hace el borrador de su declaración de la renta en un ordenador. / "Jesús Hellín " / Europa Press

Esta semana ha arancado la Campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio 2025, que podrá presentarse de forma telemática hasta el próximo 30 de junio de 2026.

Entre las principales novedades de este año destaca una medida que favorece a las rentas más bajas, incluso a aquellas que no están obligadas a presentar la declaración. Estos contribuyentes podrán beneficiarse de determinadas deducciones en el IRPF y, en algunos casos, recuperar parte del dinero.

No obstante, conviene revisar con atención el borrador, ya que, aunque no exista obligación de declarar, podrían aparecer errores que den como resultado una declaración a pagar.

Están obligados a presentar la declaración del IRPF los contribuyentes que hayan obtenido rentas del trabajo superiores a 22.000 euros anuales cuando procedan de un solo pagador, o de más de 15.876 euros si existen dos o más pagadores, siempre que la suma del segundo y restantes pagadores supere los 1.500 euros.

Asimismo, deberán presentar declaración todas las personas físicas que, en cualquier momento del ejercicio, hayan estado dadas de alta como autónomos, ya sea en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.

Igualmente, deberán presentar declaración quienes hayan obtenido ingresos superiores a 1.000 euros anuales en conjunto por alguno de los siguientes conceptos: actividades económicas, rendimientos del capital inmobiliario (alquiler), rentas inmobiliarias imputadas, y otras ganancias patrimoniales no sujetas a retención.

Por ejemplo, una persona que alquila durante el verano una habitación de su vivienda y obtiene 1.200 euros o que realiza trabajos puntuales como profesor particular y gana 1.100 euros en total en el año está obligada a presentar la declaración del IRPF. Aunque estas cantidades sean reducidas, al superar los 1.000 euros anuales-ya sea por alquileres o pequeñas actividades económicas- la Agencia Tributaria obliga a declarar.

Además, deberán presentar declaración quienes hayan obtenido ingresos superiores a 1.600 euros anuales en conjunto por rendimientos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales sujetos a retención (como dividendos, intereses de depósitos o reembolsos de fondos de inversión).

Del mismo modo, quien obtenga 1.800 euros en dividendos de acciones o intereses de depósitos bancarios estará obligado a declarar, al superar el límite de 1.600 euros aplicable a este tipo de rentas con retención

Debes tener en cuenta que no presentar la declaración de la renta estando obligado conlleva sanciones económicas de Hacienda, recargos por extemporaneidad y pérdida de devoluciones. Las multas van desde 100 euros (voluntario sin requerimiento) hasta 200€ o más, además de recargos del 50% al 150% de la deuda si hay requerimiento de la Agencia Tributaria.

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