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Hacienda lanza el beneficio de 2.300 euros para el cuidado de mayores de 65 años: si los ascendientes superan los 75 años, la cifra asciende hasta los 2.550 euros

El ascendiente debe ser mayor de 65 años o tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%, sea cual sea su edad

Hacienda lanza el beneficio de 2.300 euros para el cuidado de mayores de 65 años: si los ascendientes superan los 75 años, la cifra asciende hasta los 2.550 euros

Hacienda lanza el beneficio de 2.300 euros para el cuidado de mayores de 65 años: si los ascendientes superan los 75 años, la cifra asciende hasta los 2.550 euros / David Zorrakino - Europa Press / Europa Press

Desde el pasado 8 de abril, los contribuyentes pueden presentar sus declaraciones a través de internet. El plazo de presentación finalizará el 30 de junio para declaraciones tanto a ingresar como a devolver, si bien el plazo en las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria concluirá el 25 de junio.

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Ha sido la Agencia Tributaria la que informa sobre una serie de rebajas de las que se pueden beneficiar diferentes familias. Para ello uno de los principales requisitos que se exigen es que se conviva en el hogar con una persona mayor de 65 años.

Pero esta no es la única condición, ya que según la ley tributaria, se exige que sea un familiar ascendente, es decir, padres, abuelos... También entran una serie de puntos en los que se tiene que cumplir y, dependiendo de la edad o la condición, la cantidad de dinero que se deduce de la declaración. Los requisitos, según apunta La Información son:

El ascendiente debe ser mayor de 65 años o tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%, sea cual sea su edad. También debe convivir con el contribuyente durante, al menos, la mitad del periodo impositivo. En el caso de los ascendientes con discapacidad, se considera convivencia la estancia en un centro especializado.

Además, se vigila que el ascendiente no haya obtenido en el ejercicio rentas superiores a 8.000 euros anuales, excluidas las exentas del impuesto y noo presente unas rentas superiores a 1.800 euros en su declaración de la Renta. El importe básico a deducir es de 1.150 euros en caso de que el familiar sea mayor de 65 años. Si hay dos o más en casa, por cada uno se suma esta cantidad. Si los ascendientes superan los 75 años, la cifra asciende hasta los 2.550 euros, un aumento de 1.400 euros por cada uno.

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