El Supremo confirma de los días extra libre de los trabajadores para cuidar personas mayores o acortar sus horas diarias en el trabajo: aplicable a hombres y mujeres
Está destinada a atender a familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que no puedan valerse por sí mismos y no trabajen

El Supremo confirma de los días extra libre de los trabajadores para cuidar personas mayores o acortar sus horas diarias en el trabajo: aplicable a hombres y mujeres / Luis Tejido / EFE
El Tribunal Supremo ha dictaminado que el permiso laboral de cinco días para cuidar a un familiar puede disfrutarse de forma flexible, sin que "necesariamente" empiece en el momento del hecho causante, pues eso impediría una distribución racional, planificada y eficaz de dicha asistencia.
Así se ha pronunciado la Sala de lo Social del Supremo en una sentencia del 4 de febrero, en la que da la razón a los sindicatos frente al Grupo RACE en referencia al disfrute del permiso laboral recogido en el artículo 37.3 b del Estatuto de los Trabajadores (ET).
El mismo consiste en "cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella", establece la norma.
Estos permisos "no pueden administrarse de forma tal que su inicio se vincule necesariamente al evento del que dependen, sin dejar por ello margen para una distribución racional que permita una asistencia planificada y más eficaz de la persona con necesidades en función de las circunstancias concurrentes", concluye el Supremo en la sentencia. El órgano jurisdiccional ha valorado la cuestión de si el permiso implica que el trabajador lo comience a disfrutar "necesariamente a partir del primer día laborable siguiente al suceso que ocasiona el permiso", y contradice a las empresas demandadas al recordar que no se ha pronunciado "de manera expresa y directa sobre este tema previamente.
Tras apuntar que ni el Estatuto de los Trabajadores, ni el convenio aplicable, ni la directiva comunitaria "contienen norma o criterio alguno relativo al momento en que pueda hacerse efectivo el derecho al permiso", el alto tribunal recuerda que, en su doctrina, ha señalado anteriormente que la finalidad principal del mismo es "la atención al paciente que puede necesitar ayuda y asistencia en un periodo prolongado e indeterminado de tiempo, sometido, según los casos, a diferentes eventos con relevancia médica".
También hay que tener en cuenta que la reducción de jornada por cuidado de mayores es un derecho laboral en España (art. 37 del Estatuto de los Trabajadores) que permite disminuir la jornada laboral entre un 12,5% (1/8) y un 50% (1/2), con la reducción proporcional del salario. Está destinada a atender a familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que no puedan valerse por sí mismos y no trabajen.
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