Se confirma el derecho del trabajador a percibir todo el plus de antigüedad a los que reduzcan su jornada por conciliación familiar: la Justicia lo avala
"Ejercer el derecho a la conciliación no puede implicar una pérdida de derechos salariales estructurales"

Se confirma el derecho del trabajador a percibir todo el plus de antigüedad a los que reduzcan su jornada por conciliación familiar: la Justicia lo avala
La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Vitoria-Gasteiz ha reconocido en una sentencia el derecho a percibir el 100% del plus de antigüedad y del complemento de carrera profesional al personal que se encuentre en situación de reducción de jornada por conciliación familiar, según ha informado el sindicato ESK, que interpuso denuncia.
La central sindical ha destacado, en un comunicado, que esta resolución judicial del pasado 22 de abril establece que "ejercer el derecho a la conciliación no puede implicar una pérdida de derechos salariales estructurales".
ESK presentó denuncia en la que defendía el derecho la conciliación de la vida personal y laboral recogido en el Estatuto Básico del Empleado Público, y subrayaba "la discriminación que supone dejar de percibir estos complementos en situaciones de reducción de jornada, mientras sí se mantienen en otros supuestos, como las vacaciones o las bajas por incapacidad temporal".
Con esta denuncia, el sindicato quiso "poner sobre la mesa la problemática de los cuidados y visibilizar la brecha salarial de género existente tanto en la administración pública como, de manera concreta, en Osakidetza".
ESK subraya que la sentencia "no solo confirma que la desigualdad es estructural, sino que también evidencia que en Osakidetza esa desigualdad tenía consecuencias económicas directas para las mujeres". En este sentido, precisa que la propia resolución judicial "incorpora expresamente la perspectiva de género y recoge los datos del II Plan de Igualdad de Osakidetza, que muestran que el 91% de las reducciones de Jornada por cuidados recaen sobre mujeres".
Por ello, concluye que "cualquier penalización económica derivada de estas situaciones constituye una forma de discriminación indirecta". La sentencia también, tal como apunta ESK, que reducir estos complementos salariales "contribuye a agravar la brecha salarial y desincentiva el ejercicio del derecho a la conciliación".
Para la central sindical, esta resolución judicial "abre un camino importante para combatir la brecha salarial no solo en Osakidetza, sino en el conjunto del sector público". Además, estudia la posibilidad de trasladar esta reivindicación también al ámbito privado.
ESK ha advertido que, "mientras las instituciones no impulsen medidas profundas y reformas estructurales relacionadas con el reparto de los cuidados y con las condiciones laborales de las mujeres, este tipo de sentencias seguirán siendo soluciones parciales que no abordan la raíz del problema".
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